La Comisión de Asuntos Laborales analiza el proyecto de ley sobre Regulación y Promoción del Teletrabajo, presentado por Carmen Sanguinetti. La senadora dijo que la pandemia “aceleró los tiempos” del debate y que Uruguay está “rezagado” respecto a otros países de la región.
Según un estudio del Instituto Nacional de Estadística (INE), el teletrabajo creció de manera exponencial desde que el Gobierno decretó la emergencia sanitaria. De marzo a abril, los trabajadores remotos pasaron del 5,3% al 19,3%, informó INE en el último relevamiento de Tasas de Actividad, Empleo y Desempleo.
De los datos que surgen de la Encuesta de Usos de Tecnologías de la Información y la Comunicación (EUTIC), el teletrabajo en Uruguay creció sosteniblemente en la última década. En 2010 lo hacía un 2,6% de trabajadores y en 2013 subió a 4,8%.
Si bien, el último censo sobre empleo (INE 2016) arrojó que al menos 100 mil personas trabajaban de forma remota en Uruguay, la actual proliferación de esta incipiente metodología, y el nuevo vínculo entre empleador y empleado, se dio de una manera forzosa con la llegada del virus; razón por la cual, el fenómeno presenta nuevos desafíos y exige una nueva regulación del sistema laboral.
En ese marco, la Comisión de Asuntos Laborales y Seguridad Social de la Cámara de Senadores empezó a discutir, hace dos semanas, un proyecto de ley sobre Regulación y Promoción del Teletrabajo, presentado en el Parlamento por la senadora del sector Ciudadanos del Partido Colorado el pasado 20 de abril.
Luego de la primera instancia de debate, la redactora del proyecto dijo que hay acuerdo en avanzar en la regulación “con cierta celeridad”, debido a que existe un relativo consenso sobre el interés de regular el teletrabajo y que, la pandemia, de alguna manera “aceleró los tiempos” de legislar sobre la materia en Uruguay porque “estamos bastante rezagados” respecto a otros países de la región.
En México existe una normativa específica desde 2002, en Colombia desde 2008, Perú desde 2013, Ecuador desde 2016, Brasil desde 2017 y Costa Rica desde 2019. Chile, Panamá y El Salvador regularon en 2020 el teletrabajo. Argentina, Bolivia, Ecuador y Paraguay, al igual que Uruguay, analizan proyectos de ley regulatorios.
Principales características y artículos del proyecto
La senadora Sanguinetti manifestó que su interés principal tiene que ver con el teletrabajo “como vehículo de inclusión para aquellas personas que están alejadas de los centros poblados, para aquellas personas en situación de discapacidad y para los padres de personas con discapacidad”.
La parlamentaria explicó que su proyecto está basado en tres principios básicos del teletrabajo, consensuados por académicos de distintas partes del mundo: Voluntariedad: “lo que está pasando en esta pandemia no es un teletrabajo regular o natural, ni los trabajadores ni los empleadores pudieron elegir”. Reversibilidad: “si una persona tiene una idea poco acertada de lo que significa teletrabajar tiene que poder volver a la modalidad anterior”. Igualdad de condiciones: “si una persona está teletrabajando no puede verse perjudicada en cuestiones como, por ejemplo, proyecciones de carrera.
Debate de ideas entre senadores por legislación del teletrabajo
Durante la primera jornada de discusión llevada a cabo el pasado 9 de julio, los integrantes de la comisión debatieron e intercambiaron ideas sobre el proyecto.
El senador cabildante, Raúl Lozano, planteó una duda sobre la flexibilidad laboral: “me pregunto si en lugar de tomar como base un mínimo de horas, como se establece en el proyecto, no se podría regular el trabajo por objetivos cumplidos o etapas culminadas, dependiendo del tipo de trabajo que se haga”.
En tanto, el presidente de la comisión, Oscar Andrade, indicó que se “abren posibilidades, que hay que tratar de multiplicar, pero también abre un conjunto de riesgos”.
El senador frenteamplista manifestó que “no hay que limitar las posibilidades del teletrabajo”; pero advirtió que es necesario “intentar minimizar el impacto que genere en la desregulación del trabajo o en la vulneración de las normas de orden público de derecho laboral como el derecho a la licencia, etc.”, porque “las relaciones laborales no son simétricas, sino profundamente asimétricas a la hora de acordar determinadas condiciones”. “Es una experiencia nueva que, ofrece potencialidades en las que todas las partes pueden ganar, pero también ofrece circunstancias en las que la relación laboral se puede precarizar mucho”, expresó.
Además planteó su duda sobre el ámbito de aplicación: “no parece haber razón para excluir el sector público, que es donde tendríamos mejores posibilidades de incidir en evitar prácticas que tendieran a la precarización del laburo”. Sobre este último aspecto, Sanguinetti discrepó porque entiende que “en la esfera pública va a ser necesario estudiar cada uno de los sectores”, lo que se tornaría complejo de regular, y además cree que ese “no sería el camino más adecuado” porque esto puede dilatarse al punto de encallar antes de salir”, explicó la senadora colorada.
La comisión resolvió convocar al Ministerio de Trabajo, al Banco de Seguros, a las cámaras empresariales del consejo tripartito y al Instituto de Derecho Laboral, para conocer sus recomendaciones y planteos sobre el proyecto. A su vez, a través de la plataforma “Mi Voz”, que gestiona el Partido Digital, se abrió una instancia de diálogo para toda la población, en la que Sanguinetti responde las consultas.
Perfil y opiniones de los teletrabajadores uruguayos
Según una encuesta de Equipos, el 66% de los que teletrabajan tienen enseñanza terciaria, mientras que el 26% del total de trabajadores tienen ese nivel educativo. El 77% de los teletrabajadores realiza tareas “intelectuales” (31% en la enseñanza). Mientras que el 24% del total de trabajadores no cotiza a la seguridad social, de los que trabajan a distancia solo el 14% tienen trabajos de manera informal.
Entre las ventajas de trabajar desde sus casas, el 72% mencionó “evitar el desplazamiento”, el 43% “ahorros monetarios” y el 41% “la autonomía”. Sobre desventajas, 40% indicó “extensión desmedida de la jornada laboral y 35% que “no se respeta el derecho a no ser contactados fuera del horario de trabajo”.
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