La Suprema Corte de Justicia (SCJ) presentó un recurso de inconstitucionalidad contra una ley que establece normas para los concursos de ascensos y también los traslados de jueces. Por otro lado, un grupo de fiscales cuestionó el llamado de la Fiscalía General de la Nación para completar cargos en Montevideo.
En setiembre de 2019 se modificó, por parte del parlamento y de manera unánime, la ley orgánica de la judicatura y de organización de los tribunales que databa de 1985. De esta manera, se lograban cambios que se venían planteando desde hace varios años, en especial en materia de concursos para ascender dentro de la magistratura, algo que venía siendo reclamado por los jueces desde su gremial, la Asociación de Magistrados de Uruguay (AMU).
Desde el comienzo de la discusión del tema ya se planteaba por parte de la SCJ que existía la posibilidad de que la norma fuera inconstitucional. En julio del año pasado, la Comisión de Administración del Senado trató el proyecto de ley y a la misma concurrieron integrantes de la Suprema Corte.
Por ese entonces, el presidente de la SCJ (y hoy ministro), Dr. Eduardo Turell, ya advertía que “posiblemente, se incurra en alguna inconstitucionalidad” si se aprobaba el proyecto. Si bien ahora la SCJ convocó a un concurso para el ascenso a ministro del Tribunal de apelaciones bajo el nuevo régimen, también impulsa la inconstitucionalidad de la ley, ya que entiende que el Parlamento no ha respetado la separación de poderes.
La ley incluye dos capítulos que son centrales: los ascensos y cómo se realizan los traslados de los jueces.
En el caso de los ascensos, el Poder Judicial realizaba los mismos tomando de una lista de 75 jueces de diferentes áreas (Letrados y de Paz) a los que tuvieran mejores calificaciones. Esa lista era elaborada por la Facultad de Derecho, el Colegio de Abogados y la gremial de magistrados. Con los cambios que implica la Ley 19.830 de realizar concursos para poder ascender.
Cuando asumió su cargo la nueva presidente de la SCJ, Dra. Bernadette Minvielle Sánchez, decía con respecto a este tema: “los ascensos de los Magistrados no son decididos libérrimamente por la Suprema Corte de Justicia, sino que los mismos dependen del resultado de la Comisión Asesora de Calificaciones y Ascensos de Magistrados, con integración plural y actuación cada vez más perfeccionada”, acotando que no compartía el sistema de concursos porque el juez no era un sujeto “que llevara en sus alforjas solamente conocimientos, sino que era relevante, también, la valoración del trato con los justiciables y sus abogados”, además de “la laboriosidad, la responsabilidad, la motivación de las decisiones concretamente adoptadas, todo ello invaluable en un sistema de concurso”.
Pero la decisión de impulsar la inconstitucionalidad, por mayoría, fue tras la expresión del ministro Dr. Tabaré Sosa, quién se manifestó a favor de los concursos. Al haber discrepancias internas se decidió llevar el proceso, para determinar si la ley es o no constitucional. Minvielle Sánchez dijo en su discurso al asumir el cargo que “las objeciones que hemos planteado a su constitucionalidad (de la ley) refieren a la invasión de competencias exclusivas de la Suprema Corte de Justicia”.
Dentro de la nueva ley lo más polémico, más allá de los concursos, posiblemente sean los traslados de jueces y los plazos para los mismos. Cuando hay una vacante, se comunica al juez que lo suplirá, que debe ocupar el cargo en 24 horas, y a ese juez lo suple otro y así sucesivamente, en una cadena que puede llevar hasta 10 nombramientos. Para la SCJ esos plazos, muy cortos, son necesarios. El ministro Turell lo simplificaba ante los legisladores de la Comisión de Administración de la siguiente forma: “no podemos darles mucho plazo (a los jueces) para que resuelvan porque se quebraría esa cadena y se generaría un vacío institucional en el país”.
“Cuando uno viaja en calidad de juez y tiene contacto con otras realidades, al comentar nuestra situación nos miran como si fuéramos esclavos porque no nos consultan” para los traslados, dijo cuando se trataba la ley en el Parlamento, el por entonces presidente de la AMU, Alberto Reyes. Finalmente, se estableció en la ley que para los traslados se debe otorgar al magistrado una vista previa de 5 días hábiles, para que decida si acepta o no.
Concurso en Fiscalía “no es transparente”
La Fiscalía llamó a un concurso interno para crear una lista de prelación, para cubrir las vacantes que surjan en las fiscalías de Montevideo en los próximos dos años. Dicha lista debe estar integrada por 10 fiscales.
Pero siete fiscales, de los más antiguos dentro de esa función, presentaron un recurso de anulación, ya que consideran que el concurso no es “transparente”. Los cuestionamientos principales pasan porque se reitera en el Tribunal de Concursos, a un fiscal que ya ha actuado en el mismo y se incorpora a este a una fiscal que recientemente fue designada en Montevideo.
En su escrito, los recurrentes dicen que esta conformación del Tribunal, no es garantista para los concursantes “para evaluar a fiscales de larga y calificada trayectoria dentro de la institución”. Antes de comenzar el concurso, dos fiscales designados decidieron renunciar a integrar el Tribunal, y se procedió a designar, entonces, a sus suplentes.
También se cuestiona por parte de este grupo de fiscales que el concurso comience con la presentación de prueba de conocimiento, seguido por el perfil psicolaboral y en tercer lugar se pasan a analizar los méritos, cuando, generalmente, tanto a nivel público como privado, los concursos internos comienzan con la presentación de méritos. En el concurso se establece que, de un total de 100 puntos, se asignarán: 60 puntos a la prueba de oposición, 45 puntos a la prueba escrita y 15 puntos a la prueba oral. Para la evaluación psicolaboral 12 puntos y 28 puntos a los méritos funcionales, o sea a los cargos desempeñados dentro de la carrera judicial.
Con este sistema de puntaje quienes impugnan el concurso sostienen que se “denigra” a quienes tienen años dentro de la Fiscalía y “se pone en tela de juicio la ya cuestionada transparencia de los concursos para fiscales”.
Para la Fiscalía un cambio importante ha sido la implementación del nuevo Código del Proceso Penal. Varios de los 21 inscriptos para este concurso han presentado entre sus méritos cursos de oratoria y de juicios orales simulados. Debido a los cambios en la realización de los juicios y cómo se realizan, estos antecedentes son también tomados en cuenta. El concurso continúa su camino y ya se ha comenzado con el proceso de selección.
Criterios y sistemas
Más allá de la polémica sobre los ascensos, los fiscales también han evidenciado sus diferencias con el régimen de instrucciones generales y de asignación de casos, entre otros aspectos. Entrevistada por La Mañana, la fiscal penal y ex juez, Gabriela Fossati, manifestó en el mes de octubre que los criterios de asignación de fiscales “no son comprensibles” en algunos casos puntuales. Además, consideró que era necesario realizar una auditoría externa para demostrar que el sistema no ha sido eficiente y no es garantista.
“Hay muchos mecanismos que no son del todo transparentes. Se va a tener que trabajar mucho para volver al sistema judicial que había cuando yo empecé, donde las reglas legales eran claras y no se utilizaba ningún camino oblicuo; ningún funcionario tenía el riesgo de verse perjudicado por mantenerse en una postura ni era beneficiado por tener determinada afinidad”, dijo Fossati.
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