La llamada “Operación Océano” ha ingresado en una nueva etapa y se desconoce cuál podría ser el desenlace. Luego de dieciséis meses, no se ha superado la fase de instrucción. Además, existen cuestionamientos en los procedimientos. La no entrega de toda la prueba a la defensa de los acusados por parte de la Fiscalía llevó a la jueza a ordenar la suspensión de la investigación.
Desde hace más de un año un proceso
judicial en que se investiga la presunta explotación sexual de adolescentes se
ha convertido, en medio de elecciones y pandemia, en uno de los focos de
atención de los medios de comunicación nacionales. El señalamiento,
fundamentalmente a través de las redes sociales, de varias personas del ámbito
público, profesional y empresarial que vienen siendo investigadas por la
Fiscalía encendió una polémica que llega hasta estos días. Con la participación
en la defensa de reconocidos abogados, el alto perfil que imprimió la fiscal
penal Darviña Viera contribuyó a llevar estas investigaciones a la esfera
mediática.
Se trata de una de las investigaciones más grandes desde que rige el nuevo Código del Proceso Penal, que generó tantas polémicas desde su puesta en vigencia. Algunos juristas consultados por La Mañana entienden que el hecho de llevarse más de un año y no haberse superado la etapa de instrucción es una prueba de lo “confuso e impreciso” del nuevo código. Desde este punto de vista, el caso de la Operación Océano muestra la inobservancia final de algunos pilares del nuevo proceso como la inmediatez y la agilidad.
El 23 de febrero de este año, la Justicia resolvió suspender las audiencias y liberó al único imputado preso otorgando la prisión domiciliaria. El motivo fue que a una de las presuntas víctimas se le incautaron dos teléfonos celulares, pero los abogados de todas las partes recibieron solo el contenido de uno de los teléfonos, lo cual llevó a que ahora se cuestione todo el procedimiento.
En medio de esta situación, la fiscal Viera dijo que existió “una mano negra”, aludiendo a la falta de acceso de los abogados a los contenidos del primer teléfono. En declaraciones al semanario Brecha, manifestó que a la investigación se le da un enfoque “de género”, y que por parte de la defensa “se contrató a un grupo de periodistas y agencias de publicidad para que nos hagan mala publicidad”.
La fiscal al referirse a los dos celulares dijo que no se trató de una obstrucción, pero que los abogados de la defensa tenían razón. “El (celular) que no aparecía en los discos de los abogados de los imputados y el abogado de las víctimas era el que tenía la información. No sabemos qué pasó, por qué la policía no les traspasó las pericias. Es muy raro todo, sinceramente”, y más adelante acotó: “hay que investigar porque hubo una mano negra”.
El escenario de la nulidad
El abogado Juan Fagúndez es representante de uno de los 32 acusados en el marco de la Operación Océano. En diálogo con La Mañana recordó que en la última audiencia “se expuso un problema con la prueba”. Explicó que en este proceso la defensa debe estar en conocimiento de toda la prueba, ya que se genera con esta un cuestionario que está dirigido a las supuestas víctimas.
En este tipo de delitos, las víctimas declaran en el denominado dispositivo de cámara Gesell. Se trata de una habitación acondicionada para permitir la observación con personas. Está conformada por dos ambientes separados por un vidrio de visión unilateral. Los abogados no pueden interrogar directamente a las supuestas víctimas. Se hace un pliego de preguntas las cuales las realiza un funcionario judicial. Los abogados ven todo este accionar por monitores o por un vidrio polarizado.
“Cuando se elaboran las preguntas se debe saber qué se debe preguntar y cada abogado de acuerdo a la acusación de su cliente. Es por eso que es necesario tener toda la prueba”, señaló Fagúndez. Pero cuando se realizó la audiencia para acordar las preguntas, salió a la luz que faltaban datos de uno de los teléfonos celulares de la principal denunciante. Para el abogado también existe otro hecho que, a su criterio, denota gravedad. Añadió que se pone en duda la “cadena de custodia de las pruebas”, porque en una primera instancia los abogados solo recibieron los datos del primer teléfono, cuando existía otro, al cual ahora pueden tener acceso.
“Ahora queremos saber si realmente existen las pruebas que fueron utilizadas a lo largo de este proceso. Hay como una duda bastante fundada sobre qué pruebas hay realmente, lo que puede motivar una acción de nulidad” de todo el proceso, advirtió Fagúndez. Los abogados de los 32 acusados trabajan cada uno con su cliente, pero existen algunos grupos que se han conformado, cuando el grado de acusaciones es bastante similar. No obstante, tras el hecho del segundo teléfono, los abogados, casi en su totalidad, han comenzado a reunirse.
Fagúndez dijo que tras estos hechos se abren varios escenarios. Por un lado, la solicitud de una acción de nulidad que llevaría a un efecto suspensivo de todo el proceso. Por otro, la ‘cámara Gesell’ no se podrá realizar a la brevedad porque tras aparecer el segundo teléfono, donde está toda la información, son miles los archivos que se han encontrado. “La Fiscalía tiene este caso desde hace más de un año y la defensa no podrá armar su caso en pocos días, porque se nos tiró todo un bardo encima, la información del nuevo teléfono. Creo que va a haber un impasse de un par de meses o más en el desarrollo del proceso”, sostuvo.
EL abogado manifestó también que a través de la Ley 19.580 (de violencia basada en género) “se generan bastantes dudas en cuanto a que algunos procesos prescindan de la prueba”. “Una cosa es que el Poder Judicial o la Fiscalía se preocupen por la violencia de género, pero otra cosa es el ámbito penal, donde la prueba tiene que estar. La interpretación de la norma penal es estricta y no se puede interpretar de cualquier manera, cosa de que atrape a cualquier persona, haya hecho o no haya hecho, exigiéndole además que debería haber hecho cosas que no debería hacer”, como comprobar la edad, advirtió.
“No se trata de valoraciones morales”
Por su parte, Juan Raúl Williman es abogado de ocho de las presuntas víctimas. En diálogo con La Mañana dijo que cuando se cargaron las evidencias faltó la pericia del denominado “primer celular”. “Está pendiente la declaración anticipada de dos víctimas”, dijo Williman, quien no ve la razón para la nulidad del proceso, ya que se resolvió el tema del acceso a toda la prueba.
Para Williman lo que se investiga es un hecho tipificado como delito: la retribución o promesa de retribución a un menor de edad por actos de carácter sexual. “No corresponde hacer juicios morales. A alguien le puede parecer mal que un señor muy mayor se vincule con una persona de 18 o 19 años. Pero eso no es delito. El caso no tiene que ver con valoraciones morales. Es con respecto a una figura delictiva que se está investigando”, señaló.
El abogado sostiene que el caso encuadra dentro de la ley de género porque se trata de la relación de adolescentes con personas mayores. “Lo que hay que determinar es si con las evidencias con que cuenta Fiscalía, y luego serán prueba, terminan probando el delito que está tipificado. Hay gente que no está de acuerdo con la tipificación del delito, porque piensan que la mayoría de edad debe ser a los 16 años y no a los 18. Pero hoy es a los 18. También hay quienes dicen que la mera promesa no es retribución. Pero la ley dice retribución o promesa”, sostuvo.
Aclaró que los juicios abreviados no lo deciden las víctimas, ya que es un acuerdo entre el acusado y la Fiscalía. Además, por la ley de género la indemnización es preceptiva. El caso en su conjunto puede durar poco tiempo (si se llegan a acuerdos) o mucho, si los acusados deciden ir a juicio.
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