La larga administración del Frente Amplio, a cargo de los destinos del país durante 15 años y gozando de mayoría absoluta en ambas Cámaras legislativas, ha requerido del nuevo gobierno un análisis sobre el empleo de los dineros públicos.
El poder, ejercido por gobernantes electos por el pueblo, no es más que un mandato a término para la administración y manejo del Estado, en calidad de mandatarios no de dueños del país. Como tales, deben rendir cuentas de su mandato ante el soberano.
Lo que nunca está del todo a la vista es el manejo de los dineros públicos.
Pues, ¿qué sabe la gente cuál es el destino de los impuestos que se recaudan? ¿Quién les informa acabadamente de la gestión financiera, de la obra pública, del gasto?
Obviamente que se sabe que se pagan los sueldos, las jubilaciones y los gastos de administración que alimentan el enorme aparato estatal. Pero de la gestión y de las inversiones se sabe poco y nada.
Por ello, ha sido necesario recurrir a las auditorías de gestión, pues más allá del acierto o el error en invertir en determinadas áreas, cuya utilidad se habrá de juzgar en cada caso puntual con el tiempo, está su costo, es decir el dinero público invertido y su correcto manejo.
Convención Interamericana contra la Corrupción
No es este un problema que atañe solamente a nuestro país, ni es de ahora, sino desde siempre y de todos los Estados respecto de sus gobernanzas.
Hace unas semanas, el diario argentino La Nación recordaba la firma de la “Convención Interamericana contra la Corrupción”, como instrumento crucial para controlar el honesto manejo del patrimonio público. Esta Convención se firmó en Venezuela (¿quién diría?), el 29 de marzo de 1996 en el Hotel Internacional de Caracas, a iniciativa del entonces presidente Rafael Caldera quien reclamó el acuerdo de los países para negar el asilo a los gobernantes imputados de corrupción.
La OEA tomó la propuesta y la proyectó como Convención Única, forma para así superar lo que se consideraba como comprendido en el “principio de no intervención” en los asuntos internos de otras naciones. Se manejaron distintas ideas y procedimientos como códigos de conducta y medidas preventivas.
Así se propusieron declaraciones juradas de patrimonio de los gobernantes abiertas al público; sistemas transparentes de contrataciones para las compras estatales; inclusión del delito de enriquecimiento ilícito con la inversión de la carga de la prueba; el embargo y la confiscación de los bienes fraudulentamente obtenidos; la eliminación del secreto bancario.
Por otro lado, con respecto a los autores de los actos de corrupción, aceptar la extradición y limitar el derecho de asilo por la reducción del delito político, que no habrá de comprender ni los actos de terrorismo ni los de corrupción que lo contaminen.
Del mismo modo extender la aceptación legislativa de todas las naciones del delito de “soborno internacional”, delito que solo castigaba EE.UU. y hoy ya se sanciona en Europa, Israel, Turquía, Rusia y Japón.
Análisis y rendición de cuentas de los dineros públicos
El escándalo de las coimas de la empresa brasileña Oderbrecht implicó a gobernantes de Argentina, Perú, Colombia, Ecuador y Venezuela, entre otros y con derivaciones en nuestro país, como fueron los casos de Antonini Wilson con su transporte de efectivo en dólares y de las inversiones en Punta del Este del ex de Susana Giménez, el famoso “Corcho” Rodríguez.
Todos esos casos determinaron juicios penales y escándalos políticos como en Argentina y hasta provocaron caídas y renuncias de presidentes y varios ministros y el suicidio del expresidente peruano, Alan García.
Por todo eso, más que un derecho es una obligación de los nuevos gobernantes el análisis exhaustivo del manejo de los dineros públicos y su rendición de cuentas ante la opinión que así lo espera.
Pero además, exige la pronta aprobación de una ley que regule la financiación de los partidos políticos con la claridad y la transparencia que el tema exige, pues ha sido el pretexto o causal invocada siempre para recibir aportes por parte de los cuadros políticos, sin perjuicio de lo que el Estado les paga por cada voto.
Para finalizar hacemos una última precisión que tiene que ver con el control de transparencia de una gestión de gobierno, y es el injustificable plazo de tres meses entre el día de la elección y la transmisión del mando, que siempre se realiza el 1 de marzo siguiente al acto eleccionario. No tiene ningún sentido que una vez electas las nuevas autoridades sigan gobernando quienes ya han sido sustituidos y se mantengan por tres meses en sus cargos, cuando en 15 días se puede organizar la asunción del nuevo presidente. Aunque sea necesario modificar la Constitución, esta inexplicable demora no se justifica y facilita un posterior control de gestión, en términos más reales y sin que pueda hablarse o presumirse de que hubieren existido manipulaciones u ocultamientos documentales.
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