La semana pasada, el directorio del BCU concurrió a la Comisión de Vivienda del Senado, convocado para brindar su opinión acerca de los dos proyectos de ley –uno de Cabildo Abierto y el otro del Partido Colorado– que intentan resolver el problema de los deudores en Unidades Reajustables (UR), una situación que se arrastra desde hace tiempo y afecta a muchas familias.
Como era esperable, el ente regulador dejó traslucir su reticencia a aceptar una modificación en las condiciones sobre este grupo de deudores, algo que significaría un “cambio en las reglas de juego”, al mismo tiempo alertando sobre el “riesgo moral” que cualquier reestructura traería aparejada. Se trata sin dudas de un tema complejo. Por un lado, si una sociedad comenzara a percibir que los contratos pueden modificarse fácilmente, se volvería muy difícil garantizar el buen funcionamiento de un sistema bancario sólido, uno que asegure la afluencia de crédito hacia los sectores productivos y las familias, y ofrezca la necesaria seguridad a sus depositantes. En la terminología bancocentralista, esto aumentaría el riesgo moral.
El concepto de riesgo moral se utiliza con frecuencia para describir los efectos negativos que pueden tener, por ejemplo, los seguros. Cuando un individuo cuenta con un seguro, aumentan los incentivos para incurrir en actividades o actitudes más riesgosas porque, en caso de producirse un siniestro, es la empresa aseguradora la que corre con las consecuencias. En el contexto de una relación crediticia, este concepto se refiere al problema de incentivos que se plantea cuando el deudor percibe que puede traspasar parte de las consecuencias económicas negativas de sus decisiones al acreedor. El antídoto para evitar ese comportamiento es hacer inflexibles las condiciones de crédito, minimizando las posibilidades de reestructuración.
Sin embargo, cuando uno analiza la situación concreta de estos deudores, no es evidente que se trate de una situación en la que esta definición de riesgo moral sea estrictamente aplicable. En primer lugar, estas familias contrajeron deuda en UR porque era el mecanismo histórico y habitual de financiamiento del BHU y no como resultado de la especulación de un homo economicus racional. En segundo lugar, estas deudas se terminaron inflando como un globo por las políticas de atraso cambiario seguidas por el Estado mismo y en las cuales el BCU fue un actor principal. Visto de esta manera, lejos de ser una víctima de riesgo moral, el BCU podría ser sindicado al menos parcialmente como responsable. En tercer lugar, habría que analizar si los deudores contaron con toda la información relevante de forma “transparente”, algo que les hubiera permitido tomar decisiones ponderadas.
Lo cierto es que resulta paradójico que el Estado uruguayo utilice hoy los mismos argumentos que esgrimía el FMI en 2002 cuando, negándose a reestructurar la deuda, nos conducía inexorablemente a un colapso económico y social. Este escenario afortunadamente no se materializó por una oportuna –y pragmática– intervención de Estados Unidos, que tiraron al cesto el discurso simplista del riesgo moral, que siglos anteriores servía como justificación a las prisiones de deudores. También es algo sorprendente enterarse que el BCU considere como una experiencia negativa las refinanciaciones al sector agropecuario de finales de la década del ‘80, políticas que permitieron ir de a poco saliendo de las nefastas consecuencias de la tablita implementada por el propio BCU. ¿Dónde radica aquí el riesgo moral? Si hubieran usado este “know-how” criollo al sistema bancario japonés, lo hubieran hecho quebrar hace dos décadas; por no hablar de gran parte del sistema bancario europeo. ¿No se dan cuenta todavía que estos artilugios solo se terminan aplicando en países periféricos a instancias de burocracias internacionales?
En cualquier caso, resulta refrescante constatar que el BCU introduce una dimensión moral en sus decisiones, aunque más no sea como derivada de un concepto economicista. ¿Será que llegó la hora de examinar la moralidad de tasas de interés reguladas del 150% o más? ¿No existe riesgo moral de prestar a tasas tan altas que deja de importar el rescate del principal? ¿No habría un problema de riesgo moral con un sistema bancario que se hizo del monopolio del manejo del dinero pero que no se hace responsable por las pérdidas sufridas por sus depositantes? ¿Es moralmente correcto que las pérdidas ocasionadas por el cibercrimen deban ser absorbidas por los depositantes poco informados que confiaron en los bancos y en su supervisor?
Quizás haya llegado el momento que el BCU acepte que es mejor no seguir ampliando su perímetro regulatorio para abarcar actividades y actores que no alcanza supervisar adecuadamente. Llegó el momento de regular menos y supervisar mejor. Quizás eso sea lo moralmente correcto desde el punto de vista del Estado, dejando claro a los agentes cuáles son aquellos casos que mejor deben cuidarse por sí solos, sin la falsa sensación de seguridad de un regulador claramente sobrepasado, aunque cada vez más omnipresente.
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