Una de las consignas del movimiento Un Solo Uruguay en la movilización del 5 de setiembre frente al Palacio Legislativo será la exigencia de solución al problema del abigeato. Para muchos ciudadanos de la ciudad el robo de animales de producción es un tema lejano y de relevancia menor frente a otro tipo de delitos que cada día la sociedad observa con consternación, sin embargo afecta la actividad productiva restando potencial a rubros como el de los vacunos y ovinos, y por tanto limitando una herramienta generadora de riqueza, trabajo y desarrollo para todos.
La Dra. Fernanda Maldonado integrante de Comisión Nacional Honoraria Asesora para la Seguridad Rural y asesora de la Federación Rural ha reclamado como “necesario” el desarrollo de “una política a nivel nacional que tienda a combatir el abigeato”. Son varios los legisladores y dirigentes que, más allá del partido político al pertenecen, coinciden en la necesidad de que el robo de animales se aborde como una política de Estado.
A comienzos de año el ministro de Ganadería, Agricultura y Pesca, Ing. Agr. Enzo Benech dijo que el abigeato “es más viejo que andar a pie” y aseguró que sus autores “no es gente que roba para comer, hay organizaciones, hay personas y se han encontrado. Y hay más, hay que seguir trabajando”.
Ciertamente el delito es tan viejo como la propia historia, así lo sugieren las mismísimas escrituras en La Biblia. “Si un hombre roba un buey o una oveja, y los mata o vende, pagará cinco bueyes por el buey, y cuatro ovejas por la oveja” (Éxodo 21:37). Con los años se han adoptado algunas formas más sofisticadas vinculadas al avance tecnológico, por ejemplo, con las caravanas y la trazabilidad, pero que básicamente consisten en robar, faenar y vender, tal como lo menciona el relato bíblico.
El Dr. Emilio Mangarelli (Federación Rural) ha señalado el abigeato como uno de los tres problemas más delicados del rubro ovino (junto con los costos y los predadores). Para revertir el avance del abigeato en el país “hay que darle mayor poder a los institutos” que están trabajando en la materia; “darles más fuerza para detenerlo y para que se empiece a descubrir dónde están los que faenan la carne”, dijo en una de sus comparecencias ante la Comisión de Ganadería de la Cámara de Diputados.
“La solución es aplicar la norma”
En 2018 las denuncias de abigeato en Uruguay totalizaron 1.785, esto es 9,3 % más que en 2017 año en que se registraron 1.633 denuncias. Los departamentos con más denuncias fueron, en orden descendente Canelones, Rocha, Durazno y Artigas. Las denuncias por faltante de ganado en 2018 fueron 1.381, frente a 1.449 (4,7 % menos).
El Dr. Jorge Fernández Reyes -docente y especialista en Derecho Agrario- dijo a La Mañana que el abigeato es un problema para Uruguay y aunque se han hecho las modificaciones al Código Rural de 1942 no se lo ha frenado.
Esas modificaciones se realizaron en los años 1990, 2004 y 2016 con las que “se ha ajustado el delito a las nuevas modalidades, aumentando las penas y los agravantes”.
“La solución más clara para el delito del abigeato es la aplicación de la norma en forma estricta y dando señales de que la ley se va a cumplir”, porque no puede pasar lo que sucedió con el contrato de prenda rural “que es un ejemplo bien significativo” de lo que pasa cuando la norma no se cumple, expresó.
El contrato de prenda rural implica que un productor pide un préstamo con el ganado como garantía, cuando el productor vende ese ganado, tiene que pagar, “si no paga está cometiendo un delito por el cual tendría que ir preso”, explicó Fernández Reyes. Sin embargo, como el deudor llega al juzgado y plantea situaciones ajenas al contrato y el préstamo finalmente no se paga, la herramienta del contrato de prenda perdió efectividad y nadie quiere prestar con lo cual también se perjudicó al productor bienintencionado. Que eso suceda “es responsabilidad de quien no aplica la consecuencia del incumplimiento del deudor con el acreedor” y generó “la desaparición de la garantía del acreedor”.
“El contrato de prenda rural era un instrumento utilizado habitualmente, era la figura de contrato de prenda sin desplazamiento”, pero como el Poder Judicial no aplicó la norma “el contrato de prenda desapareció y se perdió ese instrumento de garantía”, subrayó. “Con esto quiero decir que a veces, involuntariamente, hacemos que determinadas figuras delictivas vayan perdiendo importancia en función de que no se aplica la norma legal, y creo que con el delito de abigeato algo de eso está pasando”, explicó Fernández Reyes.
Generar conciencia pública
Uruguay posee una ley actualizada en 2016 que el Dr. Fernández Reyes entiende no habría que modificar. En relación a “los países de la región” la “figura del abigeato en Uruguay está en el Derecho comparado con contenido similar, sin mayores variantes”. “En lo normativo no hay diferencias sustantivas”, observó, e insistió que la solución no pasa por una nueva modificación de la norma.
En ese sentido dijo que para evitar que el abigeato siga produciéndose ante la pasividad de la ciudadanía “lo primero que hay que hacer es una campaña de concientización pública sobre la importancia que tiene el fenómeno de hurto de ganado”, e “inmediatamente el Poder Judicial desde la Corte debería empezar a dar señales de que es un problema grave en lo social, económico, productivo y de la realidad del país, y en consecuencia hay que tener cierta celeridad en la aplicación de la norma”.
La generación de conciencia es importante para que los jueces puedan actuar y la sociedad respalde su trabajo. Si la gente entiende que el robo de animales afecta la productividad de los establecimientos, si entendemos la importancia de eso y se genera conciencia colectiva de que no estamos ante cualquier delito, todo el sistema se sentirá respaldado para poder avanzar y llegar al punto de que la ley se aplique estrictamente, consideró.
El abigeato en la ley uruguaya
Es a partir del Código Rural de 1942 que se comienza con la figura del abigeato, pero después tiene varias modificaciones; en 1990, 2004 y la última fue en 2016. Cada reforma siempre fue tratando de ajustar el delito a las nuevas modalidades.
Una de las modificaciones que se dio en 2004 es que ingresa en ese delito el ganado bubalino que antes no estaba previsto y quien robara un cebú cometía hurto, pero no abigeato.
Actualmente el burro y la llama que se utilizan como apoyo en la producción ovina no entran en la definición de la actividad productiva, por eso no es abigeato, pero sí entran en la figura de hurto.
En 2016 se incorpora la destrucción de dispositivos de identificación oficial, en clara referencia a la trazabilidad.
“Creo que el tema de las señales no es descartable en este tipo de situaciones. Esto significa que si hay una justicia que empieza a perseguir los hurtos de ganado, y el delito de abigeato en sus diversas manifestaciones en forma severa, eso puede ser una señal importante para quienes cometen el delito”, sostuvo el abogado.