Hay estudios que muestran mayor consumo de cocaína en la población y en conductores por lo que se busca equiparar los controles y las sanciones, dijo José Luis Satdjian en la Semana de Seguridad Vial que se realizó del 25 al 29 de octubre.
El subsecretario del Ministerio Salud Pública, José Luis Satdjian, dijo que ese Ministerio trabaja, junto con el Ministerio del Interior y la Unidad Nacional de Seguridad Vial (Unasev) para equiparar las sanciones por consumo de alcohol y cocaína. El anuncio fue hecho en la XIV Semana de la Seguridad Vial que se realizó en la última semana de octubre.
Se trata de modificación al artículo 45 de la ley 18.191, para un “efectivo control de drogas en el tránsito” y “equipar el consumo de cocaína y la sanción por consumo de cocaína a lo que son las sanciones por consumo de alcohol. Nos parece de orden porque hay estudios que muestran que el consumo de cocaína tiene mayor prevalencia en la población y en los conductores”, por lo que “hay que equiparar el aspecto de control y sancionatorio de una sustancia respecto a otras”, dijo.
De prosperar la iniciativa, “las personas que conducen bajo el efecto de la cocaína podrán ser identificadas y sancionadas”, subrayó.
Unasev, una política de Estado
Satdjian destacó el rol de Unasev que “se ha convertido a la seguridad vial en una política de Estado, pasan los años, alternan los gobiernos, pero (se mantiene) la importancia de la seguridad vial”, expresó.
Recordó que “la seguridad vial es un tema de salud pública y cuanto mejor le vaya a Unasev, mejor le va a ir al Ministerio de Salud Pública, por eso es importante el apoyo que se le da”.
El jerarca citó datos de la Organización Mundial de la Salud (OMS) al señalar que “la siniestralidad se encuentra entre las principales causas de muerte” en el mundo, “y prevé que para 2030 esté entre las primeras cinco a nivel mundial”.
“Anualmente y debido a los siniestros de tránsito, nuestro país pierde 32.248 años de vida saludable”, y eso repercute de forma negativa en muchos aspectos, incluso la demografía porque “afecta principalmente a la población joven y productiva, y contribuye con que la pirámide demográfica continúe caminando hacia un país de población envejecida, con jóvenes que pierden la vida en accidentes de tránsito”, reflexionó.
El último informe de siniestralidad de Unasev señala que en Uruguay, en el período que va del 1° de enero al 30 de junio de 2021, el total de lesionados fue de 10.450 personas, un promedio diario de 57 casos. Agrega que hubo 221 fallecidos, 1.637 heridos graves y 8.862 heridos leves. Del total de fallecidos, el 73% corresponde a usuario vulnerables, entendiéndose como tales a motociclistas, peatones y ciclistas).
Ley N° 18.191, de tránsito seguridad vial
La Ley N° 18.191 establece que “el tránsito y la seguridad vial constituyen una actividad de trascendencia e interés público, en tanto involucran valores como la vida y la seguridad personal, que como tales merecen la protección de la ley”.
Además define sus fines: “Proteger la vida humana y la integridad psicofísica de las personas y contribuir a la preservación del orden y la seguridad públicos”; y “preservar la funcionalidad del tránsito, los valores patrimoniales públicos y privados vinculados al mismo y el medio ambiente circundante”.
El artículo 45 que el MSP apunta a modificar dispone: “Todo conductor estará inhabilitado para conducir vehículos de cualquier tipo o categoría, que se desplacen en la vía pública, cuando la concentración de alcohol en sangre o su equivalente en términos de espirometría sea superior a 0,0 gramos por litro”.
Satdjian recordó que esa modificación la impulsó en el Parlamento en 2016 “pero en aquel momento se entendió que no era el momento o no estaban las herramientas para llevarlo adelante”.
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