Las actuales controversias acerca de la gestión del BCU vuelven a poner en tapete el tema de la autonomía del ente emisor. Hay quienes sostienen que la actuación de la autoridad monetaria se ve inhibida por otros sectores del estado, impidiendo la consecución de sus objetivos. Otros opinan que el problema no es de gobierno corporativo sino de lectura de las circunstancias y diseño de la estrategia.
No existe país en el mundo donde la autonomía monetaria sea completa. Si bien la experiencia enseña que para conservar la calidad del dinero es conveniente que la gestión monetaria no caiga directamente bajo el control de los poderes ejecutivo o legislativo, en la práctica nunca se ha creado un cuarto poder de estado independiente con dicha responsabilidad. En mayor o menor medida, la autoridad monetaria está sujeta a mecanismos de interacción, consulta y rendición de cuentas ante los demás poderes.
Últimamente el BCU ha estado en la mira de la opinión pública, tanto por su política monetaria como por la forma en la cual viene cumpliendo con otras responsabilidades establecidas en su carta orgánica.[i] Específicamente los comentarios críticos centran en dos aspectos medulares de su actuación: por un lado, su concepción y ejecución de la política monetaria centrada en abatir la inflación, y por el otro, su desempeño como regulador y supervisor del conjunto del sistema financiero formal en nuestro país.
Con relación a la política monetaria, se escucha con frecuencia un argumento interesante: la gestión no ha dado frutos porque no se ha permitido aplicarla a fondo. Ello debido a la falta de autonomía del BCU (suponemos que ante el poder ejecutivo) que obliga a persistir en el célebre modelo de los platillos chinos, alternando fases de atraso y semi-recuperación cambiaria. Según esta visión, si se le permitiera seguir aumentando la tasa de interés eventualmente llegaríamos a tener una moneda de calidad.
En cuanto a los demás aspectos se destacan la situación de irrecuperable sobreendeudamiento de una parte importante de la población a tasas elevadísimas permitidas por el BCU, junto a las más recientes irregularidades en intermediarios del mercado de valores. Quizás sea momento de rever el tradicional modelo local que mantiene las funciones de regulación y supervisión bajo el mismo techo.
Gobierno corporativo
En su calidad de ente autónomo, el BCU goza de “autonomía técnica, administrativa y financiera”, pero esa misma condición lo somete a los artículos 187-199 de la constitución que otorgan al poder ejecutivo potestades de iniciativa en el nombramiento y destitución de sus autoridades, sujetas a mayorías del poder legislativo. La protección ante la remoción discrecional es considerada como un indicador básico de autonomía, así como lo es también la confirmación parlamentaria. Sin embargo, el modelo local de ente autónomo no contempla escalonar los periodos del directorio con los del poder ejecutivo.
Donde quizás la situación no sea tan clara es en la carta orgánica del BCU donde el artículo 41 crea un comité de coordinación macroeconómica integrada por el directorio en pleno del BCU más el titular y dos funcionarios del MEF. Es en este cuerpo donde se establece la meta numérica de estabilidad (o sea la meta de inflación), y donde prima la posición del poder ejecutivo en caso de existir desacuerdo.
Concomitantemente, la propia carta orgánica establece en el artículo 3 que el BCU tendrá como finalidad primordial “la estabilidad de precios que contribuya con el crecimiento y el empleo”. De por sí la redacción de esta frase se presta a la polémica. ¿Existe otra estabilidad de precios que no contribuya con el crecimiento y el empleo? Bien podría argumentarse que de poco sirve la estabilidad de precios si el tipo de cambio no está en un nivel que permita al valor agregado nacional competir en el mercado interno o internacional. O sea, no se trata únicamente de estabilizar los precios, sino de lograrlo en un nivel que promueva al crecimiento y el empleo. Si hoy la inflación desapareciera por arte de magia, el costo Uruguay igualmente seguiría alto.
En realidad, los artículos 3, 41 y 42 (todos aprobados del 2005 al 2010) dan la impresión de haber sido redactados específicamente con un régimen de metas de inflación en mente, básicamente encajonando el margen de maniobra del BCU. Aparentemente la alta dolarización no fue considerada un obstáculo insalvable para el éxito de la estrategia, a pesar de las advertencias académicas en cuanto a la debilidad de los canales de transmisión en moneda nacional frente a la presencia de una divisa dominante.
Al que no quiere sopa
El tema es si estas limitaciones son típicas de las buenas prácticas de gobierno corporativo o si realmente imponen trabas al cumplimiento del ente con sus cometidos. Todo indica que el BCU propone seguir adelante con sus alzas de tasa en los meses y años venideros hasta que finalmente las expectativas de inflación converjan hacia abajo con sus metas. Ni el atraso cambiario ni el desempleo podrán frenar esta fuga hacia adelante.
Mientras más duela, más convencidos estarán los mercados que el BCU no aflojará. La estrategia parece ser que el éxito será su propia recompensa, mientras que el fracaso servirá para demostrar la necesidad de más autonomía.
Modelo de supervisión bancaria
El debate acerca de si la supervisión bancaria debiera ser interna o externa a los bancos centrales es de larga data. Se admite la existencia de economías de escala y alcance del modelo interno, a la vez que se critica el conflicto de interés que surge cuando regulador y supervisor son el mismo ente. También se cuestiona que la totalidad del sistema financiero sea supervisada por una institución, cuando hoy la diversidad es tal que bancos, mercados de valores, empresas de seguros, etc. ameritan especialización en la función supervisora.
El exceso de responsabilidades puede ser desgastante para una institución, especialmente cuanto su misión central es tan vital para la economía. Hay temas que pueden escapar el control y la atención de sus autoridades. Es difícil encontrar otra explicación cuando se convalidan tasas de interés para préstamos de consumo que son 20 veces mayores que la inflación. La agilidad del sector financiero y las nuevas modalidades de intermediación y pagos requieren enfoque constante. Quizás haya llegado el momento de considerar el fortalecimiento de la misión central del BCU, aliviándole de responsabilidades laterales mediante una reforma de la estructura supervisora del sector financiero.
[1] Ley Nº 16.696 de 30.03.1995, con las modificaciones posteriores
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