Autoridades del Ministerio de Trabajo están realizando una gira por todo el país, informando sobre una ley que lleva más de un año vigente, pero que consideran no está siendo aprovechada en todas las ventajas que ofrece. El Subdirector Nacional de Empleo, Hebert Pintos dialogó con La Mañana y explicó los beneficios que aporta este importante instrumento para fomentar el empleo.
¿Qué situaciones comprende la Ley de Promoción de Empleo?
El 13 de agosto del año pasado se promulgó la ley 19.973 de promoción del empleo y fue reglamentada por el decreto 308. Esta ley apunta a la contratación de jóvenes de entre 15 y 29 años, porque es el conjunto de personas que, dentro de ese rango de edad, tiene la mayor tasa de desempleo en nuestro país. También ampara a las personas mayores de 45 años que, si bien su tasa de desempleo no es muy alta, tienen una serie de inconvenientes para volver al mercado laboral cuando quedan desempleadas. El tercer rango contemplado en la ley son las personas con cierto grado de discapacidad.
La ley está activa desde hace un tiempo. ¿La están usando los empresarios?
El equipo de trabajo, encabezado por el ministro Mieres, ha evaluado el uso de la ley. Si bien la ley está desarrollada y explicada en la página web del Ministerio y se ha informado por los medios de comunicación, no está siendo utilizada en su máxima expresión. A un año de ser aprobada, a través de la misma se han contratado a unas 3.500 personas. Es por eso que estamos visitando localidad por localidad para explicar su funcionamiento. En esas visitas nos reunimos con las autoridades de esas localidades, los empresarios y los trabajadores. Lo que queremos es difundir cuáles son los beneficios que otorga la ley, no solo al empresario, sino también al trabajador. Para nosotros, el “boca a boca” es muy importante para la difusión.
¿Y qué beneficios brinda para el empleador?
Varían según el tipo de contratación, porque son contratos de seis a doce meses en los que se aplican los subsidios. Si una empresa contrata a un joven para su primera experiencia laboral por doce meses, el empleador recibe un crédito en los aportes para el BPS de $ 6.066 para los varones y $ 7.576 para el caso de las mujeres. Eso es para las jornadas completas. Si se trata de jóvenes desempleados, el beneficio a la empresa es que se cubre el 40% de la remuneración de esa persona, que en el caso de los varones tiene un tope de $ 7.071 y en las mujeres $ 9.091. En este caso concreto el beneficio se amplía, porque después de un año, si la persona sigue contratada, el empleador queda liberado con las obligaciones en el BPS hasta que cumpla los 25 años. De esta manera, las empresas obtienen beneficios y los jóvenes pueden ingresar al mercado laboral.
¿Y para las personas mayores de 45 años?
Son para jornada completa: los varones $ 7.071 y las mujeres $ 8.081 pesos. En ambos casos, si los trabajadores tienen personas a cargo, el beneficio pasa a ser de $ 9.091. También es de destacar que para aquellos que están bajo la línea de pobreza, al ser contratados el empleador obtiene un mayor beneficio, llegando al 60% de la remuneración en el caso de varones y el 80% en el caso de las mujeres. Esto generalmente se da con personas que abarcan convenios del MTSS como ser con “Accesos” del Mides, Inisa, Inju o la Dirección Nacional del Liberado. Ese tope de subsidios es de dos salarios mínimos nacionales. De esta manera, si a una mujer una empresa le paga en el entorno de dos salarios mínimos nacionales (unos $ 39.728), el empresario recibe un subsidio de unos $ 30.000.
Los subsidios se ven como importantes, pero son muy pocos los contratos mensuales que se suman a los mismos. Según su opinión, ¿a qué que se debe esto?
Nos parece que lo que existe es un poco de desconocimiento sobre la ley. La información está en la página web del MTSS, pero a la gente le cuesta llegar a esa información que realmente necesita. Cuando se ingresa a la web del MTSS, existe una sección que se llama “Vía Trabajo” y en ese link es donde las personas, ya sea empleadores o trabajadores, deben estar registrados para ser elegibles. Se puede dar el caso que el trabajador no esté registrado, pero lo hace y ya queda automáticamente habilitado para trabajar en la empresa y que esta reciba el subsidio. Hay un detalle que no es menor y es que las empresas que desean los beneficios de esta ley deben estar al día con sus obligaciones ante BPS, DGI y el propio ministerio. Pero en cuanto queda al día, ya se puede inscribir en el sistema y los trámites son fluidos y rápidos.
¿Qué puede comentar sobre la gira que el MTSS está realizando para impulsar la ley?
Ya estuvimos en el litoral y en Melo, Maldonado, Treinta y Tres, Rivera, Tacuarembó y en varias localidades de Canelones. También el ministerio tiene los Centros Públicos de Empleo y los Centros Técnicos de Empleo distribuidos en muchas ciudades del país, donde los funcionarios pueden explicar tanto al trabajador como al empleador el funcionamiento del sistema y ahí pueden iniciar sus trámites.
A propósito de su recorrido por el país, ¿cuál es su visión sobre el mercado laboral?
Vemos que existe un repunte muy importante en las tasas de empleo y que el desempleo baja a nivel de prepandemia, cuando a nivel global siguen los problemas, ahora agravados por la guerra entre Rusia y Ucrania. Hoy por hoy las ramas con mayor crecimiento son el comercio, la producción agropecuaria, la pesca y la construcción. Estamos con una tasa de desempleo de 7,9% que es baja si se tiene en cuenta que, en años previos al coronavirus, hubo tasas de 8,3% y hasta 10,8%. Lógicamente, apuntamos a bajar el desempleo a cifras muy pequeñas. El gobierno está haciendo muy bien las cosas, al igual que los empleadores. Por otro lado, los trabajadores se han capacitado en áreas que no se habían desempeñado antes.
¿Y cómo observa lo que ocurre en algunos lugares del litoral, por ejemplo, Salto o Paysandú?
Ese es un tema muy complejo, difícil de solucionar a corto plazo. Es evidente que más allá de las leyes que se puedan lograr, para los departamentos de frontera hoy tenemos una gran diferencia cambiaria con Argentina, que hace prácticamente imposible que la gente no decida ir a comprar algunas cosas del otro lado. Con Brasil se da lo mismo. Para nosotros lo importante es escuchar y ver en qué áreas se podrían hacer retoques, para darle algún beneficio al empleador para que siga abierto. A nivel nacional, dentro de las áreas más golpeadas están las relacionadas con el turismo. Esperamos que este año, con la llegada de 153 cruceros a Montevideo y unos 60 a 70 a Punta del Este, se pueda mover un poco el comercio turístico.
¿Cuáles piensa que deben ser los principales objetivos del MTSS hacia los próximos años?
Dentro de la Dirección Nacional de Empleo, en la división Formación Profesional, estamos evaluando y desarrollando proyectos –en conjunto con el Inefop (Instituto Nacional de Formación Profesional) y con otros ministerios como ser Industrias y Desarrollo Social– para ver los diferentes avances en el mundo. No se debe reaccionar cuando suceden las cosas, sino adelantarnos a lo que va a pasar. El mundo apunta a las tecnologías de la información, a la inteligencia artificial y al cambio de la matriz productiva, dejando de lado el uso de combustibles fósiles, lo que hace surgir un gran mercado de vehículos a energía eléctrica. Por eso consideramos que sí o sí se deben formar y capacitar a las personas en esas áreas, en diferentes instituciones. Pero no debemos dejar de lado a ciertas generaciones que, por edad o inconvenientes en su vida, terminan en los cinturones de pobreza. Por eso hay que mantener los oficios o las profesiones simples y los trabajos manuales. Y no debemos tampoco olvidarnos que somos un país netamente agropecuario, por lo cual la formación en las ciencias del agro también es muy necesaria.
¿Se consultó desde las autoridades de la enseñanza al Ministerio de Trabajo, en virtud de que se impulsa una reforma educativa?
Estimo que se debe haber hablado con el ministro. Se debe tener una visión amplia para que los niños, desde que ingresan a primaria, ya vayan identificando las áreas en las que se pueden desarrollar en el futuro. También es imprescindible que esos planes de estudio tengan continuidad en el tiempo y no estén cambiando con cada gobierno. La educación y la formación deben ir orientada en parámetros donde se entienda que ciertos trabajos no van a existir más en el futuro.
¿Qué espera para el próximo año?
Estamos apuntando a algunas cosas muy importantes. Una de ellas es mejorar la página que tiene que ver con “Vía Trabajo” para facilitar su uso y se vea claramente todo lo que ofrece. También existe la página “Mi Trabajo Futuro” (mitrabajofuturo.gub.uy) donde está toda la información sobre las actividades que se pueden desarrollar, con datos como salarios. Por otra parte, estamos trabajando en el Sistema de Información del Mercado Laboral (SIMEL) para centralizar toda la información de aquellos que manejan los datos de empleo (como ser BPS, DGI, INE y también privados). De esta forma se tendrá de manera continua e inmediata todo lo referente al empleo y cuál es su situación, para saber dónde estamos parados y hacia dónde queremos ir. En noviembre o diciembre se va a presentar y la idea es que para el año que viene esté en línea y totalmente operativo.
Los requisitos de la ley 19.973 de Promoción de Empleo
• Estar en situación regular de pagos ante BPS, DGI y MTSS
• No tener rescisiones unilaterales ni envíos a seguro por desempleo en la misma categoría laboral que la persona a contratar, con excepción de aquellas rescisiones fundadas por notoria mala conducta o finalizaciones de contrato. (Salvo excepciones autorizadas por MTSS)
• Tener uno o más trabajadores en plantilla permanente
• No estar registrados como “usuarios de servicios” en BPS
• No ser suministradoras de personal (si podrán utilizar los subsidios para su propio personal)
• No tener parentesco con los/as trabajadores/as a contratar dentro del cuarto grado de consanguinidad o segundo grado de afinidad
• Tope de contratación: La empresa podrá contratar hasta el 20% de su plantilla permanente. Empresas con menos de 10 trabajadores, pero más de cinco podrán contratar hasta dos trabajadores. Empresas de uno a cinco trabajadores podrán contratar un trabajador
• La empresa puede contratar un trabajador por cada grupo, o sea un trabajador joven, una persona mayor de 45 años y una persona con discapacidad. De hecho, una empresa con 10 empleados puede contratar dos trabajadores jóvenes, dos trabajadores mayores de 45 años y dos trabajadores de personas con discapacidad, pasando su plantilla a tener 16 trabajadores
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