El caso de una denuncia falsa contra el precandidato frenteamplista Yamandú Orsi puso nuevamente sobre el tapete la Ley 19.850, más conocida como Ley de Género. Desde que entró en vigor tanto los abogados penalistas como legisladores han advertido que lleva a que se cometan “todo tipo de injusticias”.
La Asociación de Abogados Penalistas del Uruguay emitió un comunicado en el cual señala que los hechos acontecidos con Orsi “demuestran la necesidad de realizar profundas modificaciones al proceso penal y todas las normas que establecen pautas de interpretación o valoración de la prueba que vienen violando los principios de igualdad y averiguación de la verdad material, esenciales para que exista un proceso justo”.
Es que para los abogados la Ley 19.580 lleva a que se cometan erróneas interpretaciones “propiciadas por determinados operadores y organizaciones que reivindican la ideología de género, han venido limitando el poder de contralor de los jueces y la defensa para que se conozca la verdad, generando múltiples situaciones de injusticia”.
Hablan de la existencia de la falta de garantías en estos casos notorios, que afecta a políticos de distintos partidos, “son una ínfima parte de los que ocurren todos los días en el sistema”, lo que es una muestra “de lo poco fiable que es privilegiar la versión de una parte por su género u orientación sexual o el ocultamiento de identidades o pruebas que impidan a la contraparte saber quién lo denuncia o acusa, cuando lo que debe primar es la transparencia para la averiguación de la verdad material”.
Recuerdan los principios de las garantías tradicionales en las sociedades democráticas, las cuales “son fruto de siglos de evolución del derecho, tendientes a asegurar la igualdad de trato de todos los seres humanos y la averiguación de la verdad para evitar situaciones de injusticia”.
Por estas razones, los abogados penalistas consideran que es evidente que estas normas necesariamente deben ser modificadas, “puesto que en la práctica se ha visto que están siendo mal aprovechadas para la persecución de fines espurios”. También recordaron que esta asociación presentó en el Parlamento hace dos años un proyecto de reforma del Código del Proceso Penal y ha conformado una comisión con destacados docentes y operadores del sistema conocedores de la realidad penal para una reforma integral del sistema “que se centre nuevamente en la igualdad y la verdad material, principios de los que nunca debió haberse alejado”
“La ley debe tener cambios”
La Mañana dialogó con el presidente de la Asociación de Abogados Penalistas del Uruguay, Enrique Moller, para conocer su opinión sobre el impacto que los recientes hechos relacionados con Orsi han tenido relación con nuevos planteos que surgen para efectuar cambios en la Ley de Género.
“Ya hace un tiempo largo, venimos recibiendo de parte de socios y colegas no socios cuestionamientos sobre cómo se está aplicando esta Ley de Género en los distintos ámbitos que atraviesa”, que van desde los juzgados de familia, juzgados de género y en la esfera penal, dijo Moller.
Explicó que existe una falta de garantías y puso como ejemplo el caso Orsi, en el que hay delitos inventados. “Cuando se aplica la Ley de Género en algunos casos también se dan estas situaciones, ya que son algunas de las cuestiones que los socios nos han puesto en conocimiento”.
Cuando se lo consulta cuál es a su criterio el artículo más polémico dentro de la ley, señala que entre ellos se encuentra el tres. En él se indica: “En caso de conflicto o duda sobre la aplicación de las disposiciones contenidas en la presente ley, prevalecerá la interpretación más favorable a las mujeres en situación de violencia basada en género”. De esta manera cualquier duda debe favorecer a la mujer. Otro de los artículos considerado como “un problema” para los abogados, es el 46 que se refiere a la valoración de la prueba. Ahí se señala que en todos los casos se respetará el derecho y el interés superior de niñas, niños y adolescentes a dar su opinión, o sea que pueden ser interrogados por el juzgado. Moller indica que se agrega en ese artículo que deberá analizarse aplicando la regla de la sana crítica, lo cual considera correcto, aunque “el tema es que a continuación dice que no será válido utilizar argumentos técnicos para disminuir la credibilidad de su testimonio, o sea, se le debe creer sí o sí. Por lo tanto, usted no se puede defender de esos testimonios. Aunque existan informes técnicos de psicólogos no se pueden usar cuando se trata niñas, niños o adolescentes”.
“Yo tengo situaciones en que estoy trabajando en las cuales se me dificulta muchísimo manejar estos temas y tengo bastante experiencia en esto. También hay colegas nuestros que tienen muchísima experiencia y se ven con todas estas dificultades”, sostuvo.
Otro artículo que se cuestiona es el 80, que indica que “en la sentencia de condena, además de la pena, se dispondrá una reparación patrimonial para la víctima por un monto equivalente a doce ingresos mensuales del condenado, o en su defecto doce salarios mínimos, sin perjuicio de su derecho a seguir la vía procesal correspondiente para obtener la reparación integral del daño”.
Cuando se le pregunta a Moller sobre si este artículo no puede llevar a denuncias por un interés económico, indica que no sabe por qué en realidad pusieron ese artículo en la ley. “En definitiva trataba de ser como una compensación y hoy en cierta forma se ve como un negocio. Eso está claro, ¿no? El obtener 12 ingresos dependerá de qué persona usted tiene del otro lado”, indica. Y aclara: “No son 12 sueldos, son 12 ingresos mensuales del condenado o en su defecto 12 salarios mínimos. Entonces ahí se verá qué parte tenemos del otro lado, qué capacidad económica tiene. Puede ser un muy buen dinero o dinero chico. Indudablemente, la compensación económica es un tema que atrae”.
Explicó que los abogados penalistas consideran que la ley debe tener cambios, ya que “todos estos temas que traspasan linealmente al proceso penal, las garantías normales del proceso se ven disminuidas y entonces es muy difícil pelear contra esta situación”. “En definitiva hay una gran disminución de garantías”, sostiene nuestro entrevistado.
“Es nefasta la ley”
La situación generada con el precandidato frenteamplista Yamandú Orsi llevó a que volvieran desde el espectro político la necesidad de cambios en la Ley de Género.
El senador y líder de Cabildo Abierto Guido Manini Ríos recordó que “presentamos un proyecto de ley en marzo que plantea modificaciones a una ley que entendemos que genera graves injusticias. Es una ley que viene destruyendo familias, que es discriminatoria, que es inconstitucional, desde el momento que no somos todos iguales ante la ley, depende del sexo”. Uno de los cambios que considera necesario es que “el juez tenga que estar obligado a valorar la prueba que se le aporta ante una denuncia, cosa que hoy no hace”. A esto agregó la necesidad de que cuando se realiza una falsa denuncia exista una pena.
Manini dijo que “lo que vemos en los últimos tiempos no hace más que mostrar la indefensión ante una denuncia que puede o no ser cierta. Cuando se comprueba que es falsa a veces es demasiado tarde. Con esta ley se genera mucha más violencia que la que pretende evitar”. Sobre este punto agregó que “se supone que era para evitar la violencia doméstica, está generando mucha más violencia cuando se aparta al padre del niño, y no solo al padre, a toda la familia relacionada con el padre, del niño. Y se hace por una denuncia que luego se comprueba que no tenía asidero. No se puede mirar para el costado cuando sabemos que es así, cuando hay centenares de casos. Genera hechos gravísimos y no soluciona los problemas de fondo”.
Por su parte la senadora nacionalista Graciela Bianchi recordó que cuando se votó la ley en 2017 había alertado de que pasarían estos hechos. “Es nefasta la ley. Toda la ideología de género es nefasta, pero cuando se consagra una ley y atravesamos la Fiscalía y el Poder Judicial con una ideología se llegan a estas consecuencias”. En declaraciones a Telemundo (Canal 12) dijo que “la madre de todos los problemas” de la ley es que “si no hay pruebas, la víctima siempre tiene la razón. Eso es un derecho penal de autor, que juzga a personas por lo que son y no por lo que hacen, no como el derecho penal democrático, que juzga por lo que hacen”.
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