La normativa establece que la Dirección de la Granja, del Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca, deberá implementar los controles y fiscalizaciones.
Este año el Poder Ejecutivo reglamentó por decreto 218/024 la faena predial, una medida esperada por muchos productores y que fuera aprobada por la ley 20.097 en el año 2022.
La ley regula la habilitación a los productores familiares para la faena de animales de granja y busca ordenar una práctica habitual. Aún así, el Instituto Nacional de Carnes (INAC) emitió un comunicado en el que se refiera a los problemas que la nueva disposición podría generar y pide a la población que los productos cárnicos se adquieran en los comercios establecidos y con todas las garantías.
El control de la faena predial artesanal como el traslado de lo producido es competencia exclusiva de la Dirección General de la Granja (Digegra), dependiente del Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca (MGAP), como lo establece la ley y el decreto reglamentario.
La Directiva de INAC expresó inquietud por la capacidad de control y fiscalización de Digegra en predios autorizados como clandestinos: “Nos inquieta la capacidad real de control y fiscalización de todos los requisitos que exige la normativa en los predios autorizados, pero, sobre todo, en aquellos que no estén autorizados o no cumplan la normativa”, y advirtió que incumplir con los requisitos “puede tipificar un delito de faena clandestina” y generar sanciones administrativas.
Además, “en los hechos” se “podría estar estimulando la faena clandestina, al no existir un mecanismo de control y fiscalización eficaz que garantice la inocuidad alimentaria en defensa de los consumidores, y la justa competencia que hace a la transparencia comercial, en defensa del complejo cárnico nacional”.
Para asegurar la comercialización y el consumo adecuado, INAC “solamente puede recomendar a los consumidores adquirir carne en carnicerías y locales de venta debidamente habilitados”.
Objeciones al decreto reglamentario
INAC también expresó que la ley como el decreto, “en lugar de aportar soluciones, ha generado más inconvenientes”, y que “contradice el espíritu del legislador” porque permite “faenas en volúmenes que no se corresponden con la realidad de un pequeño productor familiar”, y plantea que “al elevar las cantidades habilitadas, se debe exigir instalaciones especiales para garantizar la inocuidad del producto, dificultando la posibilidad de cumplir los requisitos de la norma para realizar la faena predial artesanal”.
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