El contador Mario Soca, perito auditor y presidente del Colegio de Síndicos e Interventores Concursales, dialogó con La Mañana y analizó el complejo caso de Conexión Ganadera.
Ante uno de los concursos más mediáticos y de mayor envergadura en la historia reciente de Uruguay, Mario Soca destacó que este caso es atípico por varias razones. En primer lugar, el número de acreedores involucrados es excepcionalmente alto: más de 4000, que son los inversores, frente a los 15 a 20 acreedores de un concurso común, unos 50 en uno mediano o 100 en uno grande. Además, “los montos en juego son enormes”, con pasivos y activos que superan centenares de millones de dólares. Soca acotó que esta situación “ha generado un impacto significativo no solo en los involucrados directamente, sino también consecuencias en cuanto a la bondad de la existencia de sistemas de captación de ahorro nacional” en el sector agrícola.
Explicó que la Ley 18.387 de Reorganización Empresarial y Concurso, aprobada en octubre del 2008, pretende que exista una parte preventiva de la insolvencia. Cuando no ha habido esa prevención, se va a lo que se llama el concurso. Este tiene dos grandes etapas. La primera se denomina etapa de convenio, en la cual se intenta lograr por parte del deudor un acuerdo colectivo con sus acreedores. Si esto no se logra en ese período, se va a una segunda etapa, que es la liquidación.
En el caso de Conexión Ganadera, lo que existe es la iniciación de la etapa del convenio, que tiene procedimientos para preparar la junta de acreedores, la cual tiene un plazo máximo de convocatoria de 180 días una vez decretado el concurso.
Estamos ahora en la primera etapa, de 60 días (vencen en abril), cuando el síndico tiene que realizar dos tareas. Una es obtener información de la masa activa, es decir, el inventario de bienes y derechos, y los acreedores tienen ese plazo para presentarse a verificar sus créditos. Paralelamente a esto, el síndico debe llevar adelante la administración del negocio. También en este período se podrá rescindir contratos que tenga Conexión Ganadera, ya sea por parte de quienes los tienen (por ejemplo, los que arriendan los campos) o el síndico podrá rescindir aquellos que entienda que no son en beneficio de la masa activa.
Un aspecto destacado por Soca es que también se debe ver por parte del síndico la viabilidad del negocio hacia adelante o si es necesario avanzar hacia la liquidación. Eso puede ser solicitado por una mayoría de los acreedores y no esperar a la junta de estos. El síndico no puede pedir a la liquidación, pero se entiende que debe poner en conocimiento de los interesados la viabilidad real del negocio.
El presidente del Colegio de Síndicos e Interventores Concursales manifestó que en casos como este, en que los activos incluyen ganado (activos biológicos perecederos), la urgencia por tomar decisiones es aún mayor. “Si no se cuidan estos activos, se destruye valor rápidamente”, señaló.
La complejidad de los grupos económicos
En el caso de Conexión Ganadera, Soca explicó que cada entidad involucrada (Conexión Ganadera, Hernandarias XIII y otras empresas vinculadas) tiene su propio expediente concursal, ya que la ley uruguaya no reconoce la figura del grupo económico. Esto significa que no se pueden sumar todos los activos y pasivos de las empresas para pagar a los acreedores de manera conjunta. Cada entidad debe resolver su situación de forma independiente, lo que complica aún más el proceso.
También mencionó la importancia de que la sucesión de Gustavo Basso (el fundador de Conexión Ganadera) sea declarada en concurso para aportar transparencia al proceso y permitir que los acreedores de Basso comparezcan en el expediente correspondiente. Nuestro entrevistado indicó que los sucesores han solicitado la herencia a beneficio de inventario. Esto significa que la suma de los bienes, luego de pagar el pasivo y si quedara algo, iría para los sucesores. Pero se debe tener en cuenta que existe un concurso que involucra a Basso y pueden existir acreedores por fuera de los negocios que tenía en Conexión Ganadera.
Necesidad de mayores controles
Soca señaló que es fundamental garantizar la transparencia y el control en estos sistemas de captación de ahorro, especialmente cuando involucran a pequeños ahorristas. “¿Cómo puede ser que existan entidades con estados financieros millonarios en dólares sin que hayan sido auditados, sin que hayan sido publicados, sin transparencia en la información?”, se preguntó.
Además, recordó que los inversores deben ser conscientes de que a mayor tasa de retorno mayor riesgo. “Si alguien ofrece una tasa muy superior a la del mercado, es probable que esté asumiendo un riesgo elevado”, explicó. Por ello, es crucial que los ahorristas elijan opciones de inversión que equilibren rentabilidad y seguridad.
A esto agrega que el caso de Conexión Ganadera marcará un antes y un después en el sector de los fondos de inversión ganadera y agropecuaria. “Esperamos que las autoridades promuevan una reglamentación más estricta y transparente para estos sistemas de captación de ahorro”, dijo. A la vez considera que la clave está en garantizar que los ahorristas tengan acceso a información clara y veraz, y que las entidades que manejan fondos de inversión cumplan con los más altos estándares de transparencia y responsabilidad.
Sostiene que hay que buscar la manera de que continúe esta canalización del ahorro, pero dándole las garantías en cuanto a los adecuados manejos. También recordó al economista Ricardo Pascale, quien decía “a mayor tasa, mayor riesgo”. Por eso se manifiesta partidario de que aquel que coloca dinero, debe tener claro que si le están pagando una mayor tasa que la habitual de mercado está asumiendo el riesgo.
Reclamos laborales hicieron aumentar los concursos
Mario Soca también abordó los desafíos del sistema concursal en Uruguay, regulado por la Ley 18.387 de Reorganización Empresarial y Concurso, aprobada en 2008. Esta ley busca proteger a las empresas en dificultades y simplificar los procesos concursales. Sin embargo, a su entender, tras 16 años de vigencia, es necesario realizar ajustes para adaptarla a los tiempos actuales. Con esta ley, entre 2008 y 2024 se presentaron 1193 empresas a concurso. Los datos muestran un aumento en el número de concursos desde el año 2014, cuando se llegó a 60. La cifra anual fue en aumento, alcanzando el año pasado 106 y en 2023, 104.
Uno de los cambios más notables en los últimos años es el aumento de los concursos necesarios (iniciados por los acreedores), que hoy representan el 60% del total, frente a un 40% de concursos voluntarios (iniciados por los deudores). Esto podría reflejar que los deudores ya no ven en la ley una herramienta atractiva para reestructurar sus deudas.
Además, se destaca el incremento de concursos vinculados a reclamos laborales, en los que los trabajadores solicitan el concurso de empresas que han cerrado para acceder a los fondos del Banco de Previsión Social (BPS). El Fondo de Garantía de Créditos Laborales fue creado en 2018 y es para los créditos laborales ante la insolvencia del empleador. Pero para que el trabajador pueda cobrar, la empresa debe pasar por todo el proceso del concurso. Esto incluye la verificación del crédito por parte del síndico y con los fondos obtenidos, si los hay, pagar una parte de los reclamos laborales.
Este fenómeno ha generado una carga adicional para los juzgados de concurso. Sobre este punto, Soca manifestó que fundamentalmente en los últimos dos años se presentan acreedores laborales a pedir el concurso, fundamentalmente hacia micros y pequeñas empresas, que ya no están más en el mercado. “Entendemos que este es un tema netamente administrativo y en definitiva del orden del Banco de Previsión Social”, señala y acota que espera que las nuevas autoridades de gobierno pongan atención en este tema.