La medida forma parte de una resolución más amplia que involucra a privados y estatales y busca reducir el uso el uso de plásticos por el daño que estos causan en el medio ambiente.
El lunes 31 de enero entró en vigencia la disposición que prohíbe la fabricación, importación, venta y entrega de sorbitos de plástico, la medida busca reducir el plástico de un solo uso.
En el marco de la campaña Uruguay + Circular, el 28 de abril del año pasado el Ministerio de Ambiente estableció la Resolución 272 por la que promueve “la reducción de la generación de residuos plásticos” y a cambio “prioriza el uso y consumo de productos reutilizables”.
Con esa finalidad se resolvió crear “un sello o distintivo con la finalidad de identificar las entidades o actividades libres” de plásticos de un sólo uso, que podrá aplicarse en “los servicios de hotelería, gastronomía y comercio en general, como diferencial para promover el cambio de hábitos de consumo”.
Al recibir el sello se deberá cumplir con algunas acciones como la sustitución total o parcial de vajilla descartable, envases y embalaje plástico, y realizar o participar de campañas dirigidas a promover el consumo sustentable y la problemática de los residuos plásticos.
A su vez la resolución promueve el compromiso estatal. En ese sentido, el Ministerio de Ambiente en coordinación de la Agencia Reguladora de Compras Estales promoverá la aplicación de criterios de sustentabilidad en las compras públicas; y el Área Planificación, Información y Calidad Ambiental de la Dirección de Calidad y Evaluación Ambiental deberá elaborar criterios para reducir de forma gradual los residuos plásticos. Con esa finalidad, cada organismo contará con un plan operativo.
“Los planes operativos deberán prever la implantación de mecanismos de seguimiento” de desempeño, los que “deberán ser reportados anualmente al Ministerio de Ambiente”.
Se elaborará medidas que de forma gradual prohíban la comercialización de bebidas en envases no retornables y otros plásticos de un solo uso en las áreas naturales protegidas. El Sistema Nacional de Áreas Protegidas (SNAP) es el responsable de avanzar en esa materia.
Prohibición de sorbetes
La resolución establece que “a partir del 31 de enero de 2022” se prohíbe “la fabricación, importación, distribución, comercialización, venta y entrega a cualquier título, de sorbetes de plásticos de un solo uso que no integren la presentación de un producto”.
Los mecanismos de contralor serán instituidos por la Dirección Nacional de Calidad y Evaluación Ambiental.
Por último se detallan las infracciones a lo dispuesto a través de multas cuyos montos corresponderán “en función del grado de apartamiento que represente, las consecuencias ambientales y antecedentes del infractor”.
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