Expertos advierten que la normativa uruguaya carece de soluciones para rehabilitar a los deudores. Por otra parte, desde el Clearing señalan no contar con una base de datos exclusivamente de deudores y advierten que la pandemia provocó cambios en las consultas habituales.
En Uruguay existen dos normas principales relativas a los concursos: la Ley 18.387, dirigida a todas las personas jurídicas y a las personas físicas que realizan actividad empresarial, y la ley de Concurso Civil, regulada en el Código General del Proceso, que comprende a las personas físicas que no realizan actividad empresarial.
Sin embargo, de acuerdo con el profesor y abogado especializado en Derecho Comercial, Enrique Falco, esta última no satisface las necesidades que supone un concurso de estas características, dado que esa normativa tiene algunos “vacíos”.
Según la legislación uruguaya, una persona está en situación de insolvencia cuando no puede hacer frente a las obligaciones. A su vez, hay dos tipos de sobreendeudamiento: el activo y el pasivo. El primero sucede cuando el deudor realiza actos en forma negligente, como asumir préstamos que sabe que no puede pagar. El segundo se genera ante determinado tipo de sucesos, por ejemplo, el fallecimiento del jefe del hogar, una enfermedad o un divorcio.
Falco explicó a La Mañana que la pandemia del covid-19 puede producir un sobreendeudamiento pasivo, dado que a raíz de la misma aumentó, de forma exponencial, el ingreso al seguro por desempleo y muchos trabajadores perdieron su empleo. También, cantidad de empresas se vieron directamente afectadas por esa inesperada circunstancia.
No obstante, planteó que en nuestro derecho no existe una norma que permita atenuar los efectos de un contrato incumplido, salvo causas de fuerza mayor o casos fortuitos, que son eximentes de responsabilidad. Significa que, en principio, las personas perjudicadas por la pandemia van a tener que seguir cumpliendo con sus obligaciones.
En otros países, la legislación otorga una segunda oportunidad al deudor o la posibilidad de rehabilitarse, siempre y cuando se haya sobreendeudado pasivamente. Después de que cumple determinados requisitos, como un plan de financiamiento de la deuda o la liquidación de sus bienes, lo liberan de las deudas que tenía. Lo que se busca es arribar a un acuerdo entre los acreedores y el “deudor de buena fe”, de modo tal que este pueda salir de la situación de insolvencia que está enfrentando.
La normativa uruguaya, por el contrario, carece de soluciones de ese tipo. “Lo que tenemos es el concurso civil, pero no contempla una posibilidad de rehabilitación cierta. Para ello se requiere una mayoría de acreedores muy importante, que es muy difícil de lograr”, indicó Falco.
Tal como se desprende del reporte de estabilidad financiera del segundo trimestre elaborado por el Banco Central del Uruguay (BCU), si se mide el endeudamiento de las familias respecto a su ingreso, el mismo creció 4 puntos porcentuales en marzo, llegando al 31 % en el mes de junio de 2020.
Con el objetivo de paliar la situación de aquellos que se encuentran sobreendeudados, Cabildo Abierto (CA) presentó un proyecto para que puedan liquidar sus deudas y salir del clearing.
De todas maneras, Falco considera que la iniciativa de CA es “limitada” porque solo está dirigida a consumidores que perciben un ingreso hasta determinado monto, y quedan afuera una cantidad de personas que deberían integrarse. Según su punto de vista, “sería más adecuado contemplar a todas las personas físicas no empresarias que están pasando por una circunstancia de sobreendeudamiento no buscado, como puede ser la pandemia, y darles la oportunidad de rehabilitarse”.
A raíz de la pandemia aumentó, de forma exponencial, el ingreso al seguro por desempleo y muchos trabajadores perdieron su empleo
En la misma línea, expresó que a la sociedad no le sirve mantener años embargada a una persona que pasa a ser un ciudadano afectado. “Se rompe el principio de derecho de que todas las deudas deben ser pagadas, pero creo que cuando se dan estas circunstancias que realmente se deben a causas no generadas por la persona, imprevisibles, como la pandemia, se debe adoptar una norma que permita la rehabilitación con un esfuerzo del deudor de buena fe”, agregó.
A esta propuesta se le suma el proyecto de ley del diputado del Partido de la Gente, Daniel Peña, que apunta a proteger a los consumidores de la “mal llamada ley de Usura”. Según informó el diario El País el sábado pasado, “el BCU recibió dos denuncias de usura en 2019 y siete en lo que va del año. Tres fueron confirmadas; las empresas debieron devolver los importes mal cobrados a sus clientes y fueron apercibidas por el ente regulador”.
Los efectos de la pandemia y el Clearing de Informes
La irrupción de la pandemia en Uruguay afectó las consultas que recibe mensualmente Equifax, propietaria de la base de datos Clearing de Informes, tal como informaron a La Mañana desde la empresa.
Clearing de Informes es una base de datos comercial y crediticia que reúne datos de personas físicas y jurídicas, cuya función es brindar información objetiva a las empresas que otorgan créditos, para que conozcan la situación de sus potenciales clientes y puedan tomar decisiones responsables e informadas, según su política de riesgo.
En lo que respecta a las consultas recibidas sobre reportes crediticios de personas, se registró una caída, que tuvo un pico en abril y una baja recuperación gradual en los meses posteriores sin haber alcanzado aún los niveles de marzo. Igualmente, con la paulatina reapertura de la economía, se ha registrado una lenta recuperación.
Asimismo, en el segundo trimestre del año crecieron un 15 % las consultas de los reportes de crédito para las empresas. En este segmento existió un mayor dinamismo y recuperación en comparación con el mercado de personas, con meses puntuales donde la demanda de reportes superó los niveles prepandemia.
En tanto, fuentes de la empresa señalaron que no existe una base de datos exclusivamente de “deudores”. Tampoco sería adecuado arribar a conclusiones sobre cierto nivel de endeudamiento, considerando solo el número de personas incluidas en la base de datos Clearing de Informes.
En efecto, Equifax Uruguay administra dos bases de datos comerciales y crediticias: la tradicional base Clearing de Informes, que contiene información sobre incumplimientos, pero también información no negativa, y la base de datos positiva, que contiene esencialmente información de cumplimientos, a lo largo de una determinada relación comercial o crediticia.
La base de Clearing de Informes cubre ampliamente a la población mayor de 18 años, con la información tanto de incumplimientos, como con la no negativa. Un 35 % de la misma posee algún registro de incumplimiento, que se van acumulando con el transcurso del tiempo mientras no se cancelen o llegue su plazo máximo de mantenimiento en base, indicaron desde la firma.
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