El Acuerdo permitirá que 200 jóvenes nacionales de cada país por año puedan experimentar la oportunidad de conocer la cultura, la sociedad y el idioma del otro país, por un período de hasta un año.
El viernes 22 de noviembre, Uruguay y Paraguay firmaron un Acuerdo sobre un programa de Vacaciones y Trabajo; el documento fue rubricado por el ministro de Relaciones Exteriores, Omar Paganini, y el embajador de Portugal, João Pedro Lourenço Antunes.
El paso dado acompaña lo ya hecho respecto a la movilidad juvenil o Working Holiday Programs, informó cancillería, y profundizará la cooperación bilateral entre los dos Estados, facilitando el acceso a oportunidades para que los jóvenes realicen una actividad remunerada en el territorio del otro país al mismo tiempo que vacacionan.
Serán 200 los jóvenes de cada país beneficiados, y aquellos que no dominen el idioma portugués o español no tendrán impedimentos.
El programa comenzó a regir desde su firma, el 22 de noviembre, e involucra a jóvenes nacionales de ambos países de entre 18 y 35 años a la fecha en que la solicitud sea recibida por la misión diplomática u oficina consular.
La visa de vacaciones y trabajo se puede solicitada en la embajada o consulado del otro Estado.
Los requisitos
Cancillería detalló los requisitos que se deben cumplir, que son los siguientes:
a) Tengan la intención de ingresar al territorio del Estado del otro Signatario principalmente con el propósito de pasar vacaciones y sin que el empleo sea el motivo principal de la visita, sino accesorio para complementar sus fondos de viaje;
b) Que tengan entre 18 (dieciocho) y 35 (treinta y cinco) años de edad, ambos inclusive, en la fecha en que la solicitud sea recibida por la misión diplomática u oficina consular;
c) No estén acompañados por personas dependientes a menos que obtengan su propio estatus migratorio legal para ingresar y permanecer en el territorio del Estado del Signatario;
d) Sean de nacionalidad portuguesa o uruguaya y posean un pasaporte expedido por la República Portuguesa o por la República Oriental del Uruguay, en el que conste la nacionalidad portuguesa o uruguaya, respectivamente, válido durante al menos el período de estancia en el territorio del Estado del otro Signatario;
e) Tengan un boleto de ida y vuelta o fondos suficientes para comprar dicho boleto;
f) Posean medios de subsistencia suficientes para su estancia inicial;
g) Hayan pagado las tasas de solicitud correspondientes;
h) Cuenten con un seguro médico y de hospitalización integral que permanezca vigente durante todo el periodo de su estancia (o cumpla con requisitos equivalentes) con el fin de cubrir el período de estancia autorizado;
í) Cumplan con cualquier otro requisito de la ley migratoria del otro Estado Signatario, incluidos los requisitos de admisibilidad;
j) No se les haya emitido previamente una visa de vacaciones y trabajo (o equivalente) por parte del Estado de ese Signatario;
k) Aporten evidencia de que no tienen antecedentes penales;
l) No podrán tener un contrato de trabajo permanente ni trabajar por más de 6 (seis) meses;
m) Podrán asistir a cursos de formación o programas de estudio de hasta 6 (seis) meses de duración.
Los datos aportados por los interesados serán verificados por la embajada de Uruguay en Portugal y la de Portugal en Montevideo.
Los uruguayos interesados, contactarse con la Sección Consular de la Embajada de Portugal – [email protected]
O llamando al teléfono: 2708.40.61.
Nuestro país ha suscrito acuerdos sobre vacaciones y trabajo con otros países: Alemania, Australia, Francia, Japón, Nueva Zelanda, Países Bajos, Reino Unido y Suecia.
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