Según informó hace pocos días un periódico de plaza, un grupo de diputados ha logrado colocar en la agenda de la Cámara de Representantes un proyecto modificado de ley que apunta a reducir el tope que marca la diferencia entre las tasas de interés compensatorias y las tasas consideradas usurarias. Si bien los promotores destacan que ha habido interacción con el Banco Central (BCU) en torno a la propuesta modificada, no queda claro si ésta cuenta con el apoyo de dicha institución.
El principal avance en la propuesta –desde una óptica de aligerar el peso de las tasas de interés aplicadas al sector de préstamos para el consumo– radicaría en la fórmula de cálculo de la llamada tasa de usura.
En la actualidad son los propios prestamistas (bancos, empresas administradoras de crédito o EAC) quienes proporcionan al BCU los datos para el cálculo y la publicación de las tasas medias del mercado, a las que luego se les aplica aumentos por distintos porcentajes para llegar a las respectivas tasas de usura.
Lo que propone el proyecto es eliminar, del cálculo de las tasas medias, el aporte de las empresas administradoras de crédito (las cuales en stricto sensu no son intermediarias de fondos, como lo exige la ley en su artículo 12). Como estas son las tasas más altas del mercado, su exclusión seguramente determinaría una caída en las tasas medias y –por ende– una baja en la tasa de usura.
Nuestros cálculos indican que para la modalidad de préstamos amortizables en cuotas la tasa media reportada bajaría de 58% (promedio ponderado de bancos y EAC en el mes de marzo 2023) a 49% si fueran únicamente las transacciones de los bancos. La tasa promedio reportada por las EAC fue de 70%.
Cabe destacar, además, que la ley existente habilita al BCU a excluir aquellas operaciones de crédito que entienda que, por sus características, distorsionan la realidad del mercado (también artículo 12). Según esta interpretación no sería necesaria una modificación de la ley para que el BCU proceda con el cambio.
Duda procesal
Lo que no parece quedar claramente determinado es el procedimiento propuesto por el proyecto para establecer los topes en función de las “nuevas” tasas medias. La ley vigente estableció porcentajes fijos (20%, 30%, 55% y 80%) para aplicar a las tasas medias existentes y que corresponden a las distintas modalidades de operativa (descuento de nómina, retención de haberes, sola firma, etc.).
En cambio, el proyecto establece que se produce usura cuando “la tasa implícita superare las tasas medias de interés publicadas por el Banco Central del Uruguay (BCU), correspondientes al trimestre móvil anterior a la fecha de constituir la obligación, en el porcentaje establecido por el Índice de Precios al Consumo, publicado por el Instituto Nacional de Estadística”. La redacción parecería estar introduciendo el IPC en la ecuación, pero sin especificar ni cómo se aplica ni a qué periodo se refiere.
El problema no es de fácil solución, más aún si se pretende conservar el concepto de tasa media como base de cálculo en lugar de simple referencia para un mercado con un largo historial inflacionario. Pero no se puede eludir la conclusión que el sistema esta distorsionado en el sentido que produce tasas reales insólitamente altas que han llevado a centenares de miles de hogares a situaciones de gravedad.
Restructura y cancelación
Por otra parte, si bien el proyecto modificado apunta a solucionar el tema de las tasas extremas hacia el futuro, no intenta abarcar una solución a la situación actual de estas familias. La escala del problema es tal que difícilmente se pueda arreglar en plazos razonables siguiendo los procedimientos tradicionales.
Se trata de una situación de emergencia cuya solución es urgente para una parte sustancial de la población, pero cuyo impacto financiero no requiere mayor gasto por el Estado. En su mayoría son deudas de larga data que han sido provisionadas por los prestamistas originales.
Al integrar el concepto de una deuda justa, la propuesta de Cabildo que hoy recoge firmas para un eventual plebiscito –y que ha logrado la adhesión de integrantes de otras tiendas políticas en su esfuerzo– pretende lograr un resultado equitativo entre las partes deudora y acreedora. El valor real de los montos recibidos por aquellos será la referencia para los repagos a estos.
Independientemente de la suerte que corran ambas iniciativas, es reconfortante ver la dimensión que ha tomado el tema y el esfuerzo empleado para llegar a una solución. En ultima instancia, lo importante es resolver la angustia en que viven numerosos compatriotas y ofrecerles un nuevo comienzo en sus vidas.
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