En momentos en que padecemos una severa crisis en el abastecimiento de agua potable para el consumo del centro metropolitano de Montevideo y Canelones principalmente, y se increpa con gritos destemplados por el frenteamplismo desde una interpelación más escandalosa que efectiva, nos viene al caso recordar los descomunales fracasos, corruptelas y abusos de todo tipo y color en que se incurrieron durante los 15 años de gobierno frentista, que hizo agua por donde se le mire. De ahí decimos “que el Frente Amplio hace agua”.
Comenzando por la falta de abastecimiento suficiente de agua, es bueno recordar que la última obra de importancia que se hizo con visión de futuro fue la represa de Paso Severino, inaugurada en 1984, sobre el Santa Lucía chico en el departamento de Florida, con un reservorio de agua de más de 60 millones de metros cúbicos, que permite regular el caudal del río, de acuerdo al régimen de lluvias, y fue financiada enteramente con un préstamo del BID con la supervisión de un funcionario de ese organismo internacional, el Ing. Ayala, y que ha sido hasta hoy fundamental para asistir la continuidad del servicio al sistema Montevideo-Canelones.
Cabe entonces señalar que son varios los gobiernos que pasaron desde aquella época y ninguno, salvo en mejoras de aducción como la 6ª línea de bombeo, hizo nada para obtener otra fuente de suministro.
En cambio, a los destemplados gritones del Parlamento, que se ofrecen como los solucionadores mágicos de éste y otros problemas que sufre el país, cabe recordarles algunos episodios que quieren que la gente se olvide.
Con referencia al agua, concretamente existían los fondos para el financiamiento, pero entre la opción de hacer la represa de Casupá y hacer el fastuoso Antel Arena, que sólo da pérdidas y más perdidas mientras se investiga el monto real de su costo, se optó por hacer el estadio en lugar de un reservorio de agua imprescindible. Preguntada la Ing. Cosse por el periodista Leonardo Haberkon si el Antel Arena no era una obra prescindible, contestó muy molesta que lo único prescindible era esa discusión que se le planteaba. Este empaque se suma al quehacer público de la candidata a presidencia del partido comunista criollo, entre lo que se agrega: ya en Antel hizo 56 designaciones directas en ocho meses, pagó la millonaria contratación de una consultora sin antecedente alguno en ocasión de instalación de la fibra óptica, casualmente vinculada a un importante asesor de la Ing. Cosse; ahora el empleo de los seis custodias de Tabaré Vázquez, el cuarto millón de dólares pagado a la vedette Lali Espósito, la publicación de un aviso de US$ 20.000 en el “China Daily”, la contratación a Caras y Caretas de publicidad por suma superior a cinco veces de la que asigna al diario El País. Todo esto ha sido ventilado en el programa “Santo y Seña”, a pesar de lo que la intendenta habla de “transparencia”, “idoneidad” y del Código de Ética Pública. Todavía queda mucho más en el agua que sus archivos le hacen como ominoso recordatorio al Frente Amplio, podríamos llenar páginas enteras…
Pero queremos terminar haciendo referencia a las palabras del presidente del Frente Amplio que a la vez de expresar que Gustavo Leal en su momento va a dar sus explicaciones, también dijo que no se iba a denunciar a la Dra. Irene Moreira y que era partidario de derogar el delito de “Abuso de funciones”.
Respecto de este punto queremos señalar: a) la denuncia a la Dra. Irene Moreira no la hacen porque saben que sus adjudicaciones fueron actos legítimos cuya discrecionalidad está amparada por una Resolución vigente y una abundante jurisprudencia administrativa de anteriores administraciones; b) con el delito de “Abuso funciones”, figura penal genérica y subsidiaria que nunca fue declarada inconstitucional por la Suprema Corte de Justicia, debemos hacer la siguiente aclaración.
En más de una oportunidad se le ha querido derogar y hasta desde el Partido Colorado se han presentado proyectos en tal sentido, diciendo que es un tipo penal abierto, impreciso y por tanto inconstitucional. Sin embargo, el codificador, que algo entendía de Derecho, la incluyó por ser totalmente coherente con nuestro sistema institucional y hasta complementaria para el equilibrio de los poderes del Estado…
Obsérvese simplemente que es valor entendido de que el hombre común puede hacer todo lo que quiera mientras no esté prohibido por la ley (Art.10 de la Constitución), mientras que el gobernante o funcionario sólo puede hacer lo que la ley le autoriza, ya fuere un acto reglado o un acto discrecional, pero nunca arbitrario.
Preguntamos: ¿cómo se galvaniza el mandato institucional sin crear la figura penal del abuso? Pues el abuso puede ser ontológicamente tal al desoír el mandato expreso de la ley o funcional al aplicar la ley tal cual, pero violar su recto sentido o finalidad por desviación de poder.
Tan grande es el poder del gobernante y tan amplio el criterio de discrecionalidad cuando se esgrimen los principios de oportunidad o conveniencia, que el delito de Abuso Genérico de Funciones ayuda a preservar al incolumnidad de la Administración Pública, sin constituir un obstáculo es un freno. La prueba de este aserto es la cantidad de juicios de nulidad de actos administrativos que aprueba anualmente el T.C.A., que no constituyen, sin embargo, delitos penalmente reprimibles y que jamás son remitidos a la Justicia Penal.
En mérito a todo lo expuesto, nos inclinamos por mantener los medios e instrumentos para que el Poder Judicial pueda controlar toda la actividad del Estado, como lo hace con la legislativa, la ejecutiva y la propia, dentro del marco y con las limitaciones que siempre impondrá el texto de la Constitución de la República.
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