“Por los tenebrosos rincones de mi cerebro, acurrucados y desnudos, duermen los extravagantes hijos de mi fantasía, esperando en silencio que el arte los vista de la palabra para poderse presentar decentes en la escena del mundo.”. Así empieza la Introducción Sinfónica del Libro de los Gorriones, del formidable poeta español Gustavo Adolfo Bécquer.
Si la usura fuera uno de los hijos de la fantasía de Becker, su longeva y misteriosa figura, que no ha podido ser vencida por el esfuerzo de jurista o legislador de ningún tiempo, parece haber encontrado en la pandemia el escenario propicio para que aparezca, en el escenario, desnuda.
A fines del año pasado, el diario El País (7 de noviembre), tras dar cuenta del desembarco de prestamistas y financieras en el interior del Uruguay, decía: “Están en Facebook, en Mercado Libre, en Instagram. Ofrecen gestionar el crédito “en el acto” y “sin colas”, por mensaje de texto, WhatsApp, por mail u online. No importa figurar en el Clearing (ahora Equifax), ni tener una mancha en el historial crediticio del Banco Central del Uruguay (BCU). Algunas financieras ni siquiera exigen los últimos recibos de sueldo, porque una justificación de ingresos cualquiera alcanza”.
Luego, el mismo artículo dice: “Según información del BCU, el endeudamiento de las familias creció, llegando al 31% en junio… Entre los encuestados, el 81% reconoció haber sufrido algún tipo de afectación por la crisis sanitaria, y cada mes son más los que admiten haber tenido una dificultad para cumplir con las cuotas de los créditos (57% en setiembre; eran 41% en marzo) y las tarjetas de crédito (42%)”.
Un informe del Monitor de Mercado de Crédito al Consumo de la financiera Pronto pone en evidencia la gravedad del problema que enfrentan los medianos y pequeños consumidores o las personas de bajos recursos. El dato es, ciertamente, preocupante. Según el informe: “el 70,7% del total de encuestados mencionó haber contratado un préstamo en efectivo alguna vez en su vida (se excluyen préstamos hipotecarios y para automóviles). Entre los principales motivos para sacarlos se destacan: pagar cuentas (50%), pagar servicios como UTE,OSE,ANTEL (17%), comprar comestibles (11%)”, es decir: un 78% de ese 72% se endeudó con una financiera para pagar deudas o cubrir necesidades básicas (comer, tener luz, agua y teléfono).
Es dramático, porque, además de tener que seguir pagando la comida, la luz, el agua y teléfono o seguir comiendo, tendrá que pagar el préstamo, con sus intereses y, cuando no pueda pagar la cuota o los consumos, empezarán a correr los intereses. La vieja, majestuosa e indomable figura empezará a causar sus duros estragos.
El Estado y la ley de Usura
La Constitución dice: “Prohíbese la usura. Es de orden público la ley que señale límite máximo a los intereses de los préstamos”. Tal es el principio o norma general.
La ley de Usura es una alambicada norma jurídica que, por parecer estar hecha para iniciados, lejos está de responder a la idea general de que el Derecho es un plan de vida en común, el lenguaje de cuyas normas debe estar dirigido al hombre medio y no al experto, porque si no la ley sería de imposible, ya que antes de dar un paso cada uno tendría que preguntar al especialista.
En lo que nos importa, está resumida por la prestigiosa jurista compatriota Dora Szafir en un reportaje publicado en La Mañana (31/10/2019): “La ley de Usura permite que se supere cobrar hasta un 55% más del promedio. Si el promedio es 90, podés cobrar hasta 145% para intereses a la hora de financiar una deuda y no es usurario para la ley. Para el interés de la mora, o sea, cuando ya hay atraso, cuando hay incumplimiento, ese puede superar hasta un 80%. Hoy en día, dentro de los parámetros que se están manejando, tenés en el interés de financiación compensatorio mientras que el IVA, además, lo podés cobrar aparte. Tenés casi un 140% permitido y en el interés moratorio de más de 212% más IVA”.
Y agrega Szafir con su habitual claridad que“los que determinan qué interés se debe cobrar son las entidades de intermediación financiera. Entonces ellas se ponen de acuerdo, por ejemplo, voy a cobrar el 89%, otra dice voy a cobrar 84% y otra 87%”, “¿qué hace el Banco Central? En base a lo que cobra cada financiera, hace un promedio y le da lo que puede cobrar”. Lo que significa algo así como quien dice cuando los intereses son usuarios es el propio prestamista.
Siendo esto así -que lo es- y se acepta que el problema de “los intereses constituye no solo un problema de deber y tener, sino una decisión entre derecho e injusticia” (Jiménez Muñoz, La Usura, Dykinson, 2010), en la medida en que quien fija las tasas del mercado es el conjunto de prestamistas, a cuyo designio queda sujeto luego el Estado (el Banco Central), la resolución de qué cosa es justa o injusta deja de ser del Juez (a quien, por la Constitución se le reserva, jurídicamente, la resolución sobre el injusto), sino del prestamista.
Como, del mismo modo, para definir si hay abuso (en sentido económico) el juez es relegado y su función social se le reserva al prestamista, puesto que es él quien impone las “tasas del mercado” -ya que el mercado es igual a prestamistas, pues el consumidor tiene poco poder o ninguno para incidir en el mercado- y la imposición se hace contra y viento y marea.
Proyectos de reforma
Hace poco tiempo, cuando los avatares de la economía empezaron a lanzar sus primeras señales sobre los consumidores deudores, el entonces Diputado Daniel Peña presentó un proyecto de ley para tratar de amortiguar los efectos del sistema de determinación de los intereses usuarios y armó un modo de cálculo para procurar frenar lo que constituye un verdadero abuso de la posición dominante de los prestamistas (entre ellos: los bancos).
Después, hace menos tiempo, legisladores de Cabildo Abierto presentaron un proyecto de ley dirigido a crear un procedimiento administrativo o judicial para provocar la reestructura de las deudas de los consumidores con determinados ingresos (hasta UI 120.000) y un sistema de pagos que les permita, de algún modo, subsistir. La iniciativa, aunque no lo expresa, recoge un espíritu universal -del que se mantiene al margen nuestro país: la obligación de renegociar cuando las circunstancias de una de sus partes del contrato ponen en crisis al contrato, cuya bandera levantó en Uruguay el querido maestro Juan Eugenio Blengio (tanto desde las páginas del Anuario de Derecho Civil como de la Revista Doctrina y Jurisprudencia en Derecho Civil), puesto que, anclado el Uruguay en la vieja locución pacta sun servanda (lo pactado obliga, o los contratos se hacen para cumplir).
El Derecho corre, en general, detrás de la realidad; cuando la realidad -la dura realidad- el legislador abre los ojos y trata de regularlos, cuando al hombre, a la sociedad, le generan problemas.
La dura realidad de la usura -vista como cosa injusta- obliga al legislador a hincarle el diente, pero de un modo que sea efectivo, claro, sencillo. Más, por sobre todas las cosas, que cumpla ese cierto cometido de Justicia que toda norma jurídica debe tener: evitar la usura, la desproporción, el abuso del poder de dominio, el enriquecimiento. La Justicia -no como lo justo legal- sino como lo justo según la equidad.
Los proyectos de ley en curso tienen sus cosas buenas y cosas a corregir. Pero, creo, constituyen un cimiento fuerte como para evitar que se agrande la brecha gigante que existe entre el poder de los prestamistas y los consumidores, sobre todos los consumidores modestos, pequeños o medianos.
Los que viven de sus salarios, sus pasividades, los que no tienen auxilio de amigos o familiares, los que tienen que comer, pagar la luz, el agua, el teléfono, los que tienen que comprar los medicamentos que no le da el sistema mutual de salud, los que tienen el derecho a comer frutas de buena calidad, los que tiene el derecho de alimentarse de buen modo, de vivir decorosamente, el derecho a comprar el pan dulce en Navidad sin esperar que el BPS o la caridad se los alcancen, los que tienen el derecho de comprarle un regalo a sus nietos, los que tienen el derecho a comprar los útiles escolares, los que tienen el derecho a pagar en tiempo la contribución inmobiliaria de su modesta vivienda, en fin: el derecho a hacer material el derecho formal.
Le pido al lector -y al legislador- que cambie las palabras “sueños” por “usura”, que se imagine que el estado del pensamiento expresado por Bécquer en su Introducción Sinfónica al Libro de los Gorriones es el estado del hombre y la sociedad angustiados que sueñan con salir del sometimiento que provoca la usura y que le pide al legislador que el statu quo en el que está la vieja señora no quede inmovilizado, suspendido, quieto (el “marasmo”).
(*) Luis Acosta Pitteta, abogado, experto en Derecho Civil.
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