Para tener una aproximación al ideario federal artiguista y su incidencia en el libre comercio marítimo, debemos considerar varios factores e interpretar inicialmente las razones por las cuales el Prócer se inclinó por ese sistema de gobierno. Debido a la amplitud del tema enfocaremos el mismo desde la óptica exclusiva del sistema económico–portuario y cómo se materializó en sus actos de gobierno. Para ello, entendemos que hay que marcar en ese proceso una serie de puntos desde la época colonial, que son parte del mismo proceso y entre los cuales destacamos:
-Durante el siglo XVIII las colonias hispanas en América comerciaban bajo un sistema mercantilista exclusivo a través de ciertos puertos de la metrópolis, que recibían las naves con las materias primas, en nuestro caso del Río de la Plata.
-El régimen era de carácter monopólico y proteccionista, donde España proveía las mercancías manufacturadas y las colonias exportaban sus productos vía marítima.
-España durante la primera revolución industrial a fines del siglo XVIII y principios del XIX quedó rezagada ante otras naciones europeas, sin poder abastecer completamente de productos industrializados y manufacturas a sus colonias, pues había comenzado a transitar por una etapa de decadencia.
-Inglaterra entre otras naciones, disponían de un parque industrial mucho más desarrollado, sus costos eran menores, ofrecían más productos elaborados y luchaban por su colocación en forma legal por el libre comercio o ilegal en su defecto, a través del contrabando.
-El crecimiento de la producción de materias primas en las colonias fue incrementándose, aprobándose en 1778 el Tratado de Libre Comercio entre España y América, donde la metrópolis seguía con el rol de intermediaria con Europa, pero las colonias ampliaban su abanico entre sí.
-En 1795 se concedieron permisos de comercio con colonias portuguesas y posteriormente en forma puntual ciertos decretos de comercialización con naciones neutrales.
-En 1810 Buenos Aires después de la revolución de mayo logró la libertad total para el comercio, mientras que Montevideo siguió en manos hispánicas hasta su caída en 1814. El Protector de los Pueblos Libres, había iniciado el proceso emancipador en la Banda Oriental derrotando a los españoles en Las Piedras.
Buenos Aires empezó a través de sus comerciantes a jugar con el interior un rol parecido al que España había establecido con las colonias, ajustándose a las necesidades e intereses de los europeos. Sin embargo, la situación de las provincias era diferente, se fueron empobreciendo, sus industrias artesanales desarrolladas paradójicamente al amparo del mercantilismo español, se comprometieron y quedaron bajo la hegemonía de Buenos Aires y su puerto con todo el monopolio financiero. La Provincia Oriental era la única independiente debido a su puerto con salida oceánica. Había comenzado la lucha entre el “unitarismo y el federalismo”.
En este marco Artigas desarrolló toda su concepción para atacar desde la Banda Oriental el centralismo porteño y permitir a las provincias desarrollarse frente al núcleo unitario, liberal y a los intereses de los bancos porteños, procurando al decir de Barrán y Nahum una forma más adecuada de justicia regional que la encontró en el “federalismo”.
Aquella visión propia del estado de transición del mercantilismo a una suerte de capitalismo comercial, dejaba expuesta una duda razonable, acerca de si los grupos de interés comercial de la ciudad- puerto de la capital bonaerense no subordinaban los intereses nacionales a los propios, en un momento clave del nacimiento de los Estados del Rio de la Plata ante el desprendimiento de su Madre Patria.
En ese contexto el Jefe de los Orientales al frente de una revolución de hondas raíces populares y en procura de un trato equitativo donde prevaleciera la igualdad y justicia, plasma en las Instrucciones del Año XIII, los artículos 12 y 13. En los mismos deja asentado que los puertos de Maldonado y Colonia fuesen libres para todos los buques que: “concurran a la introducción de efectos y exportación de frutos, poniéndose la correspondiente aduana en aquel pueblo, pidiendo al efecto, se oficie al Comandante de la Fuerza de su Majestad Británica sobre la apertura de aquel puerto, para que proteja la navegación o el comercio de su nación”.
A través del art. 14 quitaba las tasas e impuestos entre Provincias, las preferencias, por regulación de comercio o renta a los puertos de una Provincia sobre la de otro y se eximía a los buques del pago de derechos cuando fuesen de otras Provincias.
Artigas otorgaba el trato igualitario a dos puertos de la Provincia Oriental, pues Montevideo en 1813 estaba aún ocupada por los españoles y así evitaba cualquier tipo de guerra comercial entre las provincias, incentivando la igualdad de comercio del punto de vista comercial a los buques de otros países.
Llegado el momento de romper con portugueses y porteños y ante la situación difícil de sacar las materias primas de las Provincias, firma en 1817 un Tratado de Libre Comercio con los ingleses, que brindaba seguridad a los comerciantes británicos, pero también los obligaba a pagar sus impuestos y les impedía comerciar con quienes Artigas pudiese estar en guerra.
La visión de Artigas era que todos los pueblos de la Provincias tenían un mismo origen, debían estar sometidos a idéntico tratamiento antes las leyes y que la revolución no quería separar lo que había sido la unión virreinal, con instituciones que todos respetaban como los Cabildos, sino mejorar sus condiciones comerciales equiparando derechos y considerando particularidades.
El Jefe los Orientales tenía como Norte ciertos ideales entre los que prevalecían la justicia y la equidad, entre todos los habitantes de las Provincias del Río de la Plata, por eso fue considerado un caudillo nacionalista, que procuraba el “equilibrio comercial” a través del “federalismo” cuyo objetivo era la tan ansiada integración regional.