En un conocido semanario que tuvo épocas mejores, una nueva columnista, con juvenil arresto y al parecer experta en temas relativos a los delitos de lesa humanidad, se aplica en despacharse contra el proyecto de Cabildo Abierto sobre la prisión domiciliaria de los mayores de 65 años.
En su columna que titula con una estrofa del himno nacional para darle connotación de epopeya a su augusto contenido, y con el apoyo de juristas, pactos, convenciones, comités, declaraciones, cortes interamericanas y la misma ONU, nos ilustra sobre lo que considera son “obligaciones internacionales de nuestro país”, para pasar a aleccionar sobre importantes temas de hermenéutica jurídica, desde su entusiasta e iluminado punto de vista.
A tanto llegan sus conocimientos sobre la temática abordada, que coloca al Uruguay bajo la lupa de solemnes censores internacionales, pero ofrece –para evitar el catastrófico rezongo que nos amenaza– sesudas soluciones alternativas que nos evitarían el amenazador aquelarre.
No obstante el apocalíptico mensaje que anuncia conjurar con sus salvadoras alternativas, nos permitiremos discrepar con algunas conclusiones asumidas por tan avasallante juventud.
En primer lugar, dar por sentada la primacía del derecho internacional sobre la Constitución, norma matriz de una nación soberana, como si fuera una verdad apodíctica lo que es por lo menos discutible y a nuestro entender, totalmente equivocado.
En segundo lugar, en materia de interpretación, lo que dice la ley no es lo que le quiera hacer decir el intérprete. Acá los delitos de lesa humanidad fueron creados con posterioridad a los hechos represivos de la guerrilla; de lo contrario los guerrilleros hubieran sido condenados por los crímenes que cometieron con esa misma calificación. ¡Y vaya que los perpetraron!
En tercer lugar, se olvida que hay principios angulares de derecho penal que han costado siglos y vidas para imponerse en todas las legislaciones garantistas del mundo, como la irretroactividad de la ley penal que está rigurosamente protegida por nuestra Constitución.
En cuarto lugar, la ilustrada columnista parece ignorar (¿o su olvido es intencionado?) lo que se llama derecho penal de autor. Como conocedora de nuestro orden jurídico, sabrá que la Ley 18.026, bajo el pretexto de ser interpretativa del Tratado de Roma que creó la Corte Internacional de Justicia Penal, dictó figuras delictivas cuyo autor debe ser el Estado o sus agentes o quienes actúen en su nombre. Excluyendo, en consecuencia, como sujetos activos de los crímenes de guerra, delitos de lesa humanidad o genocidio a las organizaciones terroristas, como la ETA, el ERP, los Montoneros, el MLN o las Brigadas Rojas, a contramano de lo que ha afirmado Klaus Roxin, cumbre del derecho penal contemporáneo, a quien la distinguida penalista también debe conocer.
Viniendo ahora a nuestra comarca. La columnista se afilia de buena gana a la corriente de autores que niega la teoría de los dos demonios y participa de que el terrorismo de Estado se ensañó con los ángeles liberadores que buscaban un mundo más justo.
Sin embargo, lo que no es justo es olvidar los crímenes, asesinatos, secuestros y ejecuciones perpetrados por los guerrilleros vernáculos. Días pasados un periodista pretendió asimilar la represión de los militares golpistas con la “shoa” del nazismo. Ese tremendo disparate nos obliga a recordar que los judíos, laboriosos e inteligentes como son, no habían matado a nadie, en cambio los “tupas” llevaban 80 muertos en sus mochilas entre civiles, policías y soldados, asesinados siempre desde lejos y a cubierto, o dormidos, por la espalda o a traición.
De igual modo, nuestra legislación tan generosa en resarcir e indemnizar a las víctimas y sus sucesores, hasta la tercera generación en el caso de los guerrilleros, para nada ha reparado a sus víctimas. Pregunto: ¿acaso le devolvieron a Sergio Molaguero los 15 millones de pesos que Jorge Vázquez, el hermano del expresidente, y sus compinches le robaron después de tenerlo dos meses secuestrado y torturado en una fétida mazmorra? Le liquidaron la empresa y lo fundieron, pero nadie le reparó nada, mientras sus captores hasta hoy cobran suculentas indemnizaciones.
A Carlos Bonilla, que nacía el mismo día que en Pando mataban a su padre, quien víctima del asalto tupamaro ni pudo conocer a su hijo. Y así todos los soldados y policías asesinados que dejaron viudas con varios hijos que quedaron en la miseria más absoluta.
Recién ahora se está formando una Comisión para Reparación de las Víctimas del Terrorismo de la Guerrilla.
Pero a los militares que ya en edad provecta y con varios años de cárcel, se les aplica un castigo infinito, que ni prescribe ni se les permite seguir cumpliendo su pena pero recluidos, en su domicilio, pues de eso se trata, les niegan lo que no es perdón ni amnistía.
Curioso país el nuestro, único en el planeta que, después de haberlos amnistiado, le paga reparaciones y resarcimientos a los guerrilleros que atentaron y rompieron su institucionalidad.
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