Desde filas coloradas se ataca al plebiscito convocado por Cabildo Abierto y se le asimila al que promueve el Frente Amplio para derogar la ley de Reforma de la Seguridad Social.
Se utiliza un viejo argumento de Justino Jiménez de Aréchaga, que sigue siendo una autoridad sin par en materia de derecho público, y que era contrario que introduzcan se introduzcan modificaciones en la Carta Magna en aspectos que no fueran de orden estrictamente constitucional.
Sin embargo, son dos plebiscitos diferentes, no sólo en su objetivo sino también en su iniciativa y fundamentos.
Comenzando porque el proyecto derogatorio modificativo de la reforma que regula la previsión social viene impulsado por el PIT-CNT de manera tal que, desbordando sus cometidos, le impone la consulta popular a su frente político, que lo ha tomado con serias prevenciones y muy a desgano, observando que AEBU –el otrora poderoso sindicato bancario– no lo apoya y se afilió a la tesis de elevar a 65 años la edad de retiro.
El plebiscito proyectado por Cabildo Abierto, por el contrario, es una decisión política tomada por un partido que ha denunciado siempre los incumplimientos de la Constitución, es decir las reiteradas violaciones a los principios constitucionales durante los gobiernos del FA.
¿No es acaso violar la disposición constitucional que prohíbe la usura, el texto legal aprobado en la época del Cr. Danilo Astori que permite cobrar tasas de interés superiores al 100% (cien por ciento) como ocurre y se impone actualmente?; ¿o es que esa tasa no es de usura?
¿No es desconocer el texto constitucional que Antel edifique un estadio deportivo o centro de espectáculos, llevándose por delante el principio de especialidad edictado en el art. 190 del texto madre?
¿No es inconstitucional crear un Servicio Descentralizado con la Fiscalía de Corte, institución que no tiene carácter comercial ni industrial como exige el art.185 de nuestra carta fundacional y del que se ha llegado a proponer hasta su “colegialización”, cuando el texto habla de un fiscal de Corte?
¿No es inconstitucional el injusto y abusivo impuesto IASS que grava a jubilados y pensionistas, quienes están protegidos a texto expreso?
¿No es contrario a nuestros principios constitucionales, como lo ha denunciado siempre Cabildo Abierto, que se acojan y apliquen en nuestro orden jurídico principios y sentencias dictadas por organismos de orden supranacional como la Comisión Interamericana de Derechos humanos, y se imponga el “jus cogens” o costumbre internacional, que contraría a principios sillares de nuestro derecho penal garantista y democrático?
¿No arrasa la voluntad del pueblo, depositario de la soberanía nacional (art.4º.), y atropella la Constitución desconocer dos pronunciamientos de la ciudadanía en ejercicio directo de la democracia en referéndum y plebiscito y darlos por derogados por una ley ordinaria, de simple mayoría, y origen y cuño esencialmente vengativos?
Por todas esas diferencias, que no son pocas, no aceptamos que se pretenda poner en la misma canasta ambos plebiscitos y se les critique por igual.
Porque el proyecto de Cabildo Abierto persigue, precisamente, que se respete la Constitución, que en la voluntad del constituyente buscaba la protección de la parte más débil y desvalida del sinalagma contractual, que no es el prestamista sino su víctima. Hoy indefensa y expoliada con intereses de usura, obligada a pagar so pretexto de, en caso de no poder cumplir, ser considerado mal pagador y en esa condición ser registrado y estigmatizado, incluido en el “clearing” de informes y excluido de la vida comercial, sometido al menoscabo de una “capitis deminutio”.
La usura, entonces, se convierte en el perverso instrumento de los bancos y casas prestamistas –que en su mayoría son de los mismos propietarios– que puede determinar los ciudadanos de segunda categoría, quienes por distintas razones no hayan podido cumplir (enfermedad, pérdida de la fuente de trabajo, prioridades de orden familiar, atención de los hijos menores, etc.) con las exacciones del muy poderoso prestamista.
La usura, concepto de claro disvalor ético, condenada desde el Antiguo Testamento y el Talmud, cuyo autor o sea “el usurero” utiliza y se ha utilizado siempre como un término de carácter peyorativo, también está prohibida por nuestro constituyente.
De tal modo que el proyecto para plebiscitar de Cabildo Abierto tiende a salvaguardar el respeto de la Constitución y su condena de ese vicio secular. En cambio, el plebiscito que convoca el Frente Amplio tiende a obstaculizar un logro de la Coalición gobernante que ha asumido su costo político para evitar el desfinanciamiento del sistema, a dar un paso atrás y apoderarse de los millones ahorrados durante años por miles de trabajadores que optaron por el sistema de la AFAP. He aquí los fundamentos de nuestra respuesta.
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