El senador Manini Ríos dijo que cuando finalice el trámite ante la Corte Electoral, que llevará un par de semanas, se iniciará el proceso de recolección de firmas para lo que invitó “a todas las organizaciones sociales y políticas a adherir a la Comisión Nacional Contra la Usura”.
Los senadores Guido Manini Ríos y Guillermo Domenech de Cabildo Abierto ofrecieron este lunes 17 una conferencia de prensa sobre la iniciativa de la reforma constitucional respecto al texto que ese partido presentará ante la Corte Electoral con motivo de la iniciativa denominada “por la deuda justa”.
El líder de Cabildo Abierto, senador Guido Manini Ríos, recordó que “en octubre de 2020” se presentó “un proyecto de ley para abordar una realidad que se debe atender por el sistema político porque se ha llegado a números escandalosos” como resultado de “un proceso” que comenzó “particularmente a partir de la ley 18.212 de 2007”, el cual “permite que quienes prestan dinero perciban intereses –incluyendo multas, moras, etc.– de tres dígitos cuando la inflación del país es de un dígito”.
“Entendemos que esas tasas de interés y recargos constituyen usura, lo que está expresamente prohibido en la Constitución de la República”, señaló en referencia al artículo 52. El proyecto de Cabildo Abierto está en sintonía “a lo que planteamos en la campaña electoral” además que “es uno de los grandes temas que afecta a los uruguayos y que no podemos ignorar”.
El legislador agregó que cuando el proyecto se presentó se llamó a todo el espectro político para que hagan sus aportes con lo cual se buscó “llegar a un acuerdo y a una posición de consenso”, sin embargo, “cuando el proyecto se trató en el Senado en noviembre pasado no se obtuvieron los votos y volvió a la comisión”.
Desde entonces “anunciamos que si no había una solución legislativa íbamos a recorrer el camino del plebiscito constitucional”, obstante lo cual, “en mayo presentamos otro proyecto”, que tampoco fue aprobado.
Ante esos antecedentes y con una resolución unánime de la mesa política, el 6 de julio Cabildo Abierto anunció que se iba a recorrer este camino, “y hoy estamos aquí para dar a conocer el texto de lo que se va a plebiscitar”, anunció. Y lamentó “que durante todos estos años se haya actuado con indiferencia” ante ese problema que sufren los ciudadanos.
“Hay un millón de uruguayos en el clearing y las dos terceras partes de ellos figuran como deudores irrecuperables. El problema es mayúsculo y una vez por todas hay que buscarle la solución” que para Cabildo Abierto es el plebiscito y la recolección de firmas para “darle a la gente la oportunidad de expresarse en las urnas”.
El senador invitó “a todas las organizaciones sociales y políticas a adherir y formar parte de la Comisión Nacional Contra la Usura y por una Deuda Justa; mientras tanto la Dra. Sandra Chá será la coordinadora, quien va a ser referencia para temas administrativos” en el proceso que hoy se inicia.
La iniciativa de reforma constitucional
El senador Guillermo Domenech procedió a leer el texto que Cabildo Abierto presentará ante los ciudadanos para que firme habilitando el plebiscito.
La iniciativa se denomina “Contra la usura y por una deuda justa” y consta de tres artículos.
El primero modifica el artículo 52 de la Constitución de la República, proponiendo la siguiente redacción: “Prohíbese la usura. Es de orden público la ley que señale límite máximo al interés de las obligaciones, la cual deberá ser aprobada con el voto de los dos tercios del total de componentes de cada una de las Cámaras”.
Continúa: “La ley determinará el interés máximo permitido por todo concepto, incluido tasas de interés compensatorio y moratorio, comisiones, reajustes y cualquier otro gasto adicional. Ello se aplicará a todo tipo de obligaciones, incluidas las correspondientes al pago de facilidades o infracciones exigibles por el Estado, Entes Autónomos, Servicios Descentralizados, Gobiernos Departamentales, personas públicas de derecho privado y organismos paraestatales”.
Agrega que “la ley no podrá delegar a ninguna autoridad la determinación del interés máximo referido anteriormente. La ley determinará la pena a aplicarse a los contraventores. Nadie podrá ser privado de su libertad por deudas”.
El artículo segundo establece: “Agrégase a la Constitución de la República, a continuación de la Disposición Transitoria y Especial Z2, incorporada en ocasión de la ratificación plebiscitaria del día 31 de octubre de 2004, las siguientes Disposiciones Transitorias: Z bis) Con la entrada en vigencia de la presente reforma constitucional y mientras no entre en vigencia una nueva ley de acuerdo con lo previsto en el artículo 52, fíjase el interés máximo por todo concepto en una Tasa Efectiva Anual del 30% (treinta por ciento) sobre los montos convertidos a Unidades Indexadas”.
“Z ter) Todas las deudas contraídas antes del 18 de julio de 2023, ya sea en moneda nacional, en moneda extranjera o en unidades reajustables, podrán ser canceladas por el deudor mediante el pago del monto inicialmente convenido, convertido a Unidades Indexadas al valor de la fecha de otorgamiento del contrato originario, en las siguientes condiciones: al monto resultante se le aplicará una Tasa Efectiva Anual del 4% (cuatro por ciento) por concepto de intereses, multas, moras, recargos y cualquier otro tipo de gastos. A dicho monto se le descontarán los pagos ya efectuados por el deudor por todo concepto, convertidos a Unidades Indexadas”.
“Esta disposición comprende a cualquier persona que tenga un total de adeudos por un monto originario no superior a UI 200.000 (doscientas mil unidades indexadas), contraído por personas físicas, o por las sociedades personales o sociedades agrarias en que la totalidad de las cuotas sociales pertenezcan a personas físicas, siempre que sean éstas sus beneficiarios finales”.
El artículo tercero: “La presente reforma constitucional entrará en vigencia el 1° de enero de 2025”.
TE PUEDE INTERESAR: