La nueva norma prevé crear procedimientos administrativos y judiciales para reestructurar los pasivos contraídos por personas físicas insolventes. Según el senador Guido Manini, el proyecto pretende darle solución a miles de uruguayos que están endeudados individualmente, “que están en el clearing y que están sin poder lograr fuentes de financiamiento normales”.
En su audición semanal de radio Universal, Manini consideró que hay que buscar una solución desde el punto de vista legal para atender la realidad de las personas que “caen en forma inexorable en prestamistas usureros o en entidades que prestan a intereses usureros”.
El articulado, a estudio de la Comisión de Hacienda, pretende atender la situación del “deudor insolvente, desinformado, víctima de políticas económicas y sociales erráticas, y de un sistema financiero que, al no estar suficientemente regulado, busca su negocio y se desentiende del bienestar de la población”.
“Un importante conjunto de uruguayos están sobreendeudados, viviendo la angustia permanente, de estrategias de cobro que rayan en la amenaza por intermedio de recuperadoras de crédito que los acosan y los amenazan”, explica el texto.
Ante ese panorama, para el senador Manini urge crear medidas de prevención desde el Estado, para solucionar la situación de insolvencia de las personas y para que estas “puedan volver a formar parte del mercado de consumo”. Se pretende algo similar a una quiebra individual, “algo que permita a la persona limpiar sus cuentas y comenzar de nuevo, pero bajo ciertas condiciones”, aclaró.
“El procedimiento estaría reservado al deudor diligente y de buena fe”, por lo que se tendrá que “distinguir a quien se encuentra en situación de insolvencia inculpable, de aquel cuyo sobreendeudamiento es consecuencia de culpa o dolo”.
En primer lugar, se puede lograr un acuerdo de forma administrativa, sin ir a la vía judicial. Si no se logra, en la norma se establecen los plazos y las formas para ir al proceso judicial entre las partes, en el que el juez deberá designar un contador para calcular una fórmula que sea viable ante la situación financiera del deudor.
“El deudor tiene derecho a quebrar”
Los parlamentarios de Cabildo Abierto (CA) señalan en el texto la Ley 18.387, que regula la situación concursal en Uruguay, “no contempla a las personas físicas comunes, sino solo a aquellas que realizan una actividad empresarial”.
Para los impulsores del proyecto es “imperioso” -especialmente en crisis-, “crear un procedimiento procesal eficaz”, tanto para el deudor, que no puede honrar sus obligaciones, como para el acreedor que tampoco puede recuperar su crédito. “La quiebra es un procedimiento de liquidación, por lo que la inexistencia de bienes, implica que es un proceso inútil, no hay nada a recuperar”, argumentan.
Ante la confirmación de la inexistencia de bienes para liquidar en el inicio del proceso, la bancada de CA entiende necesaria la “pronta creación” de una ley “que contemple un procedimiento específico para dar solución a ese sobreendeudamiento de las personas físicas en insolvencia, por inexistencia o insuficiencia de bienes”. La gran mayoría de esos uruguayos que no tienen otro activo que su salario, hoy se encuentran “acorralados”, y muchos de ellos se encuentran embargados ante el incumplimiento de sus obligaciones, advierten.
Por tal motivo, el proyecto de ley estipula un único proceso para las personas físicas endeudadas que no sean titulares de bienes, o que su activo sea su única vivienda (con un valor equivalente al establecido para su incorporación como bien de familia) y que sus ingresos anuales no superen las UI 120.000.
El problema de los intereses excesivos y la vulnerabilidad de los deudores
En la exposición de motivos, los legisladores promotores del proyecto explican que en los últimos años “han proliferado en Uruguay empresas financieras que ofrecen préstamos de fácil acceso, tarjetas de crédito a personas que están en el clearing, tendientes a incentivar el consumo” y, si bien la esencia es estimular la demanda interna para impulsar la producción y el empleo, “a menudo esos objetivos entran en contradicción con otro objetivo mayor: el bienestar”.
“Poco se reparó en el costo financiero de ese esquema de financiamiento, que resulta, generalmente, excesivo para los individuos que los reciben, generando elevados niveles de endeudamiento en miles de personas con escaso patrimonio”. En el documento, también le adjudican cierta responsabilidad a las empresas financieras o comerciales, por “atraer” e “incentivar” a las personas a tomar créditos, a través de una publicidad “persuasiva y convincente”.
En diálogo con La Mañana, la jurista Dora Szafir explicó que en Uruguay “tenemos una ley de usura que no protege en absoluto a los deudores”. Aseguró que la Ley 18.212 (de 2007) -que se pretende modificar a partir de un proyecto de ley presentado por el diputado Daniel Peña, que tuvo el asesoramiento de Szafir- permite un interés moratorio de 300 %. A pesar de tener una inflación baja y un riesgo país bajo “se permite que se capitalice mensualmente los intereses”. Cada mes, “lo que se calculó el mes anterior por intereses se suma al capital y vuelve a formar un nuevo capital más alto; y sobre ese nuevo capital más alto vuelven a calcular, y todos los meses así”, graficó Szafir sobre el procedimiento usurero.
Esta fórmula hace que suban “exponencialmente” las deudas, y “cuando la persona quiere cumplir con sus obligaciones no tiene posibilidad de hacerlo, porque se transforma en una cifra inalcanzable”. La abogada, docente y exjueza acredita que “en solo unos años la deuda puede pasar a ser 100 veces mayor”.
Szafir afirma que “no hay país en el mundo que cobre un interés de casi el 300 %”. Advierte que a los que más perjudica son a los que tienen bajos ingresos. “No pueden pagar y encima después les retienen el 55 % de los salarios”, señaló.
Como ejemplo, comentó la situación de una mujer que había sacado un préstamo de $ 30 mil, de los cuales debía 27 mil. En su momento -durante la crisis de 2002- no pudo pagar y “esa deuda de $ 27 mil, en un plazo de 7 años, se convirtió en una deuda de $ 1.341.000”. Szafir explicó que cuando alguien se atrasa en el pago de dos cuotas los prestamistas activan una clausula, a partir de la cual “ya no se deben esas dos cuotas que no pudiste pagar, sino que se te vence todo lo que queda por delante”. Entonces, “si una persona no pudo pagar una o dos cuotas, imaginate que pueda pagar todas juntas, más los intereses que se acumularon”.
Según Szafir, las financieras ponen intereses altos, porque “le dan préstamos a la gente que sabe que los puede devolver, que son los que pagan por los otros” a los que le dieron un préstamo sin considerar su situación. Entonces, “si saben que esos no van a poder pagar ¿para qué se los dan?, para después tenerlo embargado de por vida, para tenerlo en la lista del clearing del BCU”, cuestiona la jurista. “Es un muerto en vida, un muerto civil, porque no pueden hacer nada, ni alquilar un apartamento, y muchas veces no les dan trabajo por estar en el clearing”, aseguró.
Los legisladores cabildantes sostienen que ese problema trae como consecuencia “un alto impacto en la sociedad, ya que afecta a la célula central de toda la comunidad: la familia” y, además, “restringe los derechos fundamentales de los individuos, como es la posibilidad de llevar adelante una vida digna”.
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