El Dr. Gonzalo Aguirre Ramírez, nieto y bisnieto de prestigiosos juristas, incursionó en la política a partir de su rechazo a la dictadura cívico-militar, lo que lo llevó luego a proyectarse a los primeros planos de la política en el Partido Nacional, con el apoyo de Wilson Ferreira Aldunate y Carlos Julio Pereyra. Fallecido Wilson, acompañó en la fórmula a Luis Alberto Lacalle Herrera en los comicios de 1989, accediendo a la vicepresidencia de la República entre 1990 y 1995.
A sus 80 años, se mantiene absolutamente informado de los temas de actualidad y conserva una prodigiosa memoria que le hizo fama durante toda su vida. No obstante, una enfermedad le aqueja físicamente y por eso permanece internado en una sala de la Asociación Española. Allí recibió a La Mañana, con los lentes de leer puestos y la mirada concentrada en una enorme cantidad de papeles, a los que complementaba con una Constitución y un ejemplar de su libro Derecho Legislativo. Aguirre se ha llevado parte de su biblioteca a la sala del sanatorio y los tiene al alcance para consulta permanente.
También hay un cuadro con una foto donde aparece sentado en primera fila con Wilson Ferreira Aldunate, en una de las últimas imágenes del caudillo blanco antes de su fallecimiento. Uno de los más importantes recuerdos tiene que ver con el regreso de Wilson a Uruguay, momento que marcó para siempre su vida. “No tengo enemigos”, dice con satisfacción, luego de tantos años dedicados a la política y de ser una figura pública.
Antes de comenzar a conversar sobre una de sus pasiones, el Derecho, relata algunas historias de turf, de basketball y de periodismo. Dice que suele recordar las estadísticas de los caballos de carreras como ejercicio de agilidad mental. Cuenta además la anécdota de una histórica final entre Trouville y Hebraica que se definió por una anotación hecha cuatro segundos después de hora porque a uno de los árbitros le tumbaron el silbato. Y dedica algunos minutos a rememorar a grandes del periodismo nacional, sobre todo a Carlos Quijano y su enorme capacidad para titular los artículos. Aguirre sabe de lo que habla porque también tiene una destacada trayectoria en la prensa escrita, desde sus inicios en el diario El Plata, pasando por La Democracia y en El País.
El televisor de la sala en “mute” sigue encendido pasando los informativos y programas de debate político. Sin embargo, el doctor Aguirre hace una pausa para reflexionar sobre temas del Derecho, naturalmente vinculados a la política, que le ocupan a realizar una revisión de la legislación nacional, la internacional y las doctrinas más recibidas.
Una de las polémicas que desvelaron su interés tiene que ver con las repercusiones que generó la intervención del senador Guido Manini Ríos en la media hora previa en el Parlamento. “Hace poco más de un año fui cesado en el cargo de comandante en jefe del Ejército a raíz de un escrito que elevé al presidente de la República, en el que manifestaba mi convicción de que cuando se trataba de juzgar a militares por hechos ocurridos hace cuarenta o cincuenta años, muchas veces a su defensa no se le daban las suficientes garantías y se violaban los principios más elementales del derecho”, dijo Manini durante su discurso. La exposición del líder de Cabildo Abierto fue objeto de duras críticas por parte de políticos de diversos sectores, comunicadores e incluso de organizaciones como la Asociación de Magistrados que en un comunicado alude a una “reacción corporativa suscitada por una decisión judicial” y expresa que “siente el deber de recordar (…) los principios de las Naciones Unidas sobre independencia judicial”.
El Dr. Aguirre aclara que no entra en valoraciones políticas o partidarias, sino que lo sucedido le motiva una reflexión jurídica. “Como es sabido no soy especialista en Derecho Penal pero no se precisa serlo para comprender los principios cardinales del Derecho como lo son el de la irretroactividad de la ley penal y el de la prescripción de la pena de los delitos”, indicó.
Entre los papeles desplegados está el Estatuto de Roma que entró en vigencia en el año 2002 y a juicio de Aguirre “tiene una gran importancia porque establece en cuanto a las competencias de la Corte en su artículo 1º literal B a los crímenes de lesa humanidad”.
Subrayó que en el capítulo de los Principios Generales es muy importante tener en cuenta que el artículo 22º establece el principio clásico del Derecho Penal que consagra el artículo 1º de nuestro Código Penal que es “Nullum crimen sine lege”, o como reza el texto, “nadie será penalmente responsable de conformidad con el presente Estatuto a menos que la conducta de que se trate constituya, en el momento en que tiene lugar, un crimen de la competencia de la Corte”. “Se trata entonces del clásico principio de la irretroactividad de la ley penal”, explicó el ex vicepresidente.
Para Aguirre “los crímenes de lesa humanidad están vigentes en Uruguay desde que se aprobó la ley 18.026 que establece la cooperación con la Corte Penal Internacional en materia de lucha contra el genocidio, los crímenes de guerra y de lesa humanidad que fue promulgada el 26 de setiembre de 2006”.
“De manera tal que delitos cometidos hace 40 o 50 años evidentemente no pueden ser penados porque violan el principio de irretroactividad de la ley penal, más allá de los casos concretos y que evidentemente todos condenamos la tortura”, concluyó Aguirre. “Aquí no prima eso de que lo político está por encima de lo jurídico, según dijo en forma totalmente errónea el ex presidente Mujica. En un Estado de Derecho, el Derecho siempre está por encima de lo político”, agregó.
Vale decir que en febrero de 2013 la Suprema Corte de Justicia de Uruguay había declarado inconstitucional una norma aprobada en 2011 que impedía la prescripción de delitos supuestamente cometidos durante la dictadura uruguaya. Según una crónica publicada en el semanario argentino Página 12, desde el Frente Amplio se manifestó la posibilidad de realizar un juicio político a los jueces de la Corte y se convocó a una marcha para repudiar el fallo, iniciativa apoyada por el Plenario Intersindical-Central Nacional de Trabajadores (PIT-CNT) y la organización Madres y Familiares de Uruguayos Detenidos Desaparecidos. La entonces presidente del FA, Mónica Xavier, también repudió el fallo y llamó a movilizarse. La misma Xavier que condenó recientemente en las redes al senador Manini porque, según ella, “insiste en no respetar la Justicia”.
En aquella oportunidad, siete años atrás, el máximo tribunal de justicia de nuestro país declaró inconstitucionales los dos primeros artículos de la Ley 18.831, que restablecieron el “pleno ejercicio de la pretensión punitiva del Estado para los delitos cometidos por la aplicación del terrorismo de Estado hasta el 1º de marzo de 1985”, considerados de lesa humanidad. “El principal argumento en el que coincidieron los ministros es en que la ley penal no puede aplicarse retroactivamente”, señaló el artículo de prensa.
Para Aguirre el tema es claro. “El artículo 10º de nuestra Constitución en su segundo parágrafo dice que “ningún habitante de la República será obligado a hacer lo que no manda la ley, ni privado de lo que ella no prohíbe”, lo cual quiere decir que no se puede privar de la libertad a una persona autor de determinada conducta que no era punible en el momento de su comisión”, indicó.
“Por ejemplo, si se establece que es delito circular por la carretera a más de 120 km/h no puede la ley establecer hoy en 2020 que la ley rige desde enero de 2018. Eso atenta contra dos principios cardinales, el de libertad porque yo tengo que saber si soy libre o no para realizar una determinada acción y el de seguridad al resquebrajarse el orden jurídico por no tener certeza de cuáles son las consecuencias de mis acciones”, sostuvo Aguirre.
Pide que le acerquen entonces uno de los libros que tiene a disposición. “No improviso opinión al decir esto”, advirtió. Seguidamente leyó varias opiniones de notables juristas de distintas disciplinas como los doctores Alberto Ramón Real, Héctor Gros Espiell y José Luis Shaw.
“Por otra parte, el Estatuto de Roma establece también la imprescriptibilidad de los delitos de lesa humanidad, pero volvemos a la mismo porque en el año 1972 la prescripción se regía por el Código Penal, no por una ley del año 2002. Por lo tanto, esos delitos a casi cincuenta años de su comisión están prescriptos”, afirmó Aguirre. En el mismo sentido, tampoco el Convenio de la Imprescriptibilidad de los Crímenes de Guerra y Contra la Humanidad de 1968 estaba vigente cuando se cometieron las torturas porque fue suscrito por Uruguay en el año 2001 con la Ley 17.347.
Consultado sobre la ley de Caducidad, Aguirre opinó que “no solo fue refrendada por el plebiscito de abril de 1989, sino que fue confirmada o mejor dicho rechazada la inclusión de su derogación en la Constitución en el plebiscito realizado simultáneamente con las elecciones de 2009 en el cual el pueblo ejerció directamente la soberanía como dice el proemio del artículo 77º de la Carta, que establece que los ciudadanos son los miembros de la soberanía de la Nación”. “La ley de Caducidad evidentemente sigue vigente aunque ya hace más de una década que fue declarada inconstitucional, pero su no aplicación representa el desconocimiento de la voluntad, no del soberano que es la Nación, pero sí de quienes ejercen la soberanía”, afirmó.
“Por otra parte, resulta chocante que el mayor torturador de la historia del Uruguay, al cual no le diré señor porque no lo es, Nino Gavazzo, esté por su edad en cómoda prisión domiciliaria, mientras que el último procesado Lawrie Rodríguez haya ido a una cárcel, a pesar de tener 75 años y cuando en principio después de los 70 años lo que corresponde es la prisión domiciliaria”, opinó Aguirre.
Rodríguez fue procesado con prisión en plena feria judicial por la emergencia sanitaria, situación que motivó la exposición de Manini en el Senado.
Aguirre considera que la Justicia también se equivoca. “Es una decisión judicial, y yo respeto mucho por supuesto la independencia del Poder Judicial, pero los seres humanos nos equivocamos a veces y el Poder Judicial también se puede equivocar porque el Derecho no es una ciencia exacta. Por lo tanto, los jueces a veces yerran porque “errare humanum est”. Y, en el caso de Lawrie Rodríguez para mí, evidentemente, el juez actuante se ha equivocado ya que el procesado debió ir a prisión domiciliaria y no a la cárcel”, sostuvo el ex vicepresidente. “En nuestro país, la máxima pena es de 30 años más medidas eliminativas de otros 15. No se entiende entonces, que el Dr. Juan Carlos Blanco por un crimen que no cometió estuvo en prisión domiciliaria privado de su libertad sin saber por cuánto tiempo, en forma indefinida”, añadió.
No obstante, Aguirre no cree que los jueces estén aplicando el llamado Derecho Penal del Enemigo porque éste es incompatible con un sistema democrático y republicano como el nuestro. “Dicho Derecho Penal del Enemigo es una construcción ideológica, no jurídica. Los criminales no son enemigos sino ciudadanos que van a ser juzgados imparcialmente y sancionados con la pena consiguiente”, explicó.
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