La ley de corresponsabilidad en la crianza, también conocida como de tenencia compartida, fue aprobada en el Senado tras un largo proceso de muchos meses.
El miércoles 3 de mayo el Senado aprobó la ley de tenencia compartida tras meses de debate. Uno de los puntos más polémicos fue el artículo cuarto, al cual se le introdujeron una serie de cambios para contemplar las diferentes posiciones dentro de la coalición de gobierno.
El artículo en cuestión hace referencia a las visitas en caso de que hubiera una denuncia por violencia contra uno de los padres. Esto sería para los casos en los que no existe un régimen fijado de visitas para el menor. En el artículo se establece que “en los casos que no existiera régimen fijado con anterioridad, el juzgado de urgencia establecerá las medidas de protección que considere pertinentes, estableciendo su duración y oyendo siempre a la defensa de los niños y adolescentes. Sin perjuicio de los recursos que correspondan, el progenitor que se considere afectado podrá solicitar medidas cautelares, provisionales o definitivas ante el juzgado de familia competente”.
También se establece que la Suprema Corte de Justicia llevará un registro de las medidas de protección de toda especie dispuestas por los Tribunales y “antes de adoptar cualquier medida relativa a la tenencia o visitas de niños, niñas y adolescentes, los Tribunales competentes al efecto deberán consultar al registro”.
Asimismo, la ley establece que en un juicio por tenencia se deberá recabar por el juez la opinión del menor, en que, “bajo su más seria responsabilidad funcional, el juez siempre deberá oír y tener en cuenta la opinión del niño o adolescente”.
Sobre la determinación de las visitas se indica que se fijará de común acuerdo entre las partes. Se agrega que a falta de acuerdo o en caso de que se impida o limite el ejercicio del derecho mencionado, “el Juez de Familia fijará el régimen de visitas conforme al principio de corresponsabilidad en la crianza. Se garantizará el derecho del niño o adolescente a ser oído, adoptándose todas las medidas necesarias para asegurar la libre expresión de su voluntad, según su grado de desarrollo cognitivo y autonomía progresiva”.
Sobre el régimen de visitas provisorias se acota que “producido el cese de la vida en común, cualquiera de los padres podrá presentarse ante el Juez del lugar de residencia de sus hijos a fin de que se determine un régimen de visitas provisorio, que habrá de regir hasta tanto no sea variado por acuerdo departes o por decisión judicial definitiva”.
“Visiones sesgadas”
La votación en el Senado fue por mayoría (17 por la positiva y 12 por la negativa). Los votos por la negativa fueron del Frente Amplio.
Cuando se trató la ley en el plenario, el senador Guido Manini Ríos expresó que “se habla que esta ley que vamos a aprobar en minutos favorece la posibilidad de violadores, abusadores, de las decenas de miles de denuncias que existen, de las puertas terribles que se abren para el futuro. Se menciona esta ley como la peor ley de esta administración”. Y acotó que “como en tantas cosas la visión es totalmente sesgada y se oculta el elemento central que es la privación de un padre de tener acceso a su hijo por la mera denuncia de su pareja”.
Manini también hizo referencia a la ley 19.580 (conocida como ley de género) a la cual calificó de inconstitucional, ya que la Constitución señala que somos todos iguales frente a la ley sin distinción de sexo.
Para Manini, esa ley, cuyo objetivo declarado es reducir la violencia de género, “por el contrario, en muchísimas situaciones la estimula, porque cuando a un padre lo separan de su hijo muchas veces no tiene la capacidad o la preparación para reaccionar como debe, y terminan en episodios violentos a veces trágicos”.
“La principal protección del niño es no privarle el contacto con una parte de su familia porque no es solo el progenitor que queda afuera, podrá ser padre o madre, sino tíos abuelos, primos etc. Claramente hay un cercenamiento del niño en cuanto a su relacionamiento con la familia completa”, sostuvo el legislador. Y concluyó indicando que “esta ley va a arrojar un poco más de justicia en una situación de tremenda injusticia que se viene viviendo desde hace ya muchísimos años”.
Por su parte, el senador Guillermo Domenech indicó: “Es verdaderamente un agravio doloroso que se nos diga a quienes compartimos la vida con mujeres y las respetamos y las queremos, que tenemos una intención aviesa de perjudicar o perseguir a la mujer”. Recordó que la Constitución de la República en su artículo 40 dice que “la familia es la base de nuestra sociedad y el Estado velará por su estabilidad moral y material, para la mejor formación de los hijos de la sociedad”.
Agregó: “Esta ley trata de poner en práctica el artículo 41 de la Constitución que señala ‘el cuidado y la educación de los hijos, para que estos alcancen su plena capacidad corporal, intelectual y social, es un deber y un derecho de los padres’, es un deber y un derecho del padre y de la madre”. Finalmente dijo: “Hay una embestida en contra del Derecho. Ese derecho que me acusa antes de que pueda demostrar mi inocencia es una verdadera falta a la justicia. Es por eso que nosotros acompañamos este proyecto de ley”.
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