El ministro de Salud dijo que la medida es posible por el alto número de ciudadanos vacunados con una, dos y tres dosis, y la inmunización adicional generada por la ola de la variante Ómicron.
El lunes 4 de abril el presidente Luis Lacalle anunció, a través de su cuenta de Twitter que “en reunión con el ministro (de Salud Pública) Daniel Salinas y el subsecretario José Satdjian, en base a la información recibida con respecto al COVID 19, hemos decidido levantar la emergencia sanitaria”, y que “en los próximos días se firmará el decreto correspondiente. En la tarde del martes 5 el decreto firmado por todos los ministros fue difundido por el prosecretario de Presidencia, Rodrigo Ferrés.
A la salida de la reunión del día lunes 4, Salinas dijo en rueda de prensa que el país atraviesa “un momento epidemiológico muy favorable” y aseguró que esa afirmación “está basada en criterios objetivos como la incidencia de casos nuevos semanales, la repercusión a nivel sanitario, la ocupación de camas de cuidados moderados y de CTI, y la gravedad de la afección en cuanto a la cantidad de fallecidos por cada 100.000 habitantes”. Todo esto, “sumado al porcentaje de vacunados, y a la inmunización adicional generada por la ola de Ómicron, lleva a que sea el momento de tomar la determinación” anunciada.
Levantar la emergencia sanitaria “implica la recomendación de usar tapabocas” pero no la obligación, en algunos “lugares cerrados específicos” como “elaboradores de comida, personal de la salud, en personas que cuidan a otros con vulnerabilidades, el transporte y lugares cerrados con alta concentración de personas. Es recomendable, no una obligación”, subrayó, y agregó que “a nivel hospitalario y en los elepem (establecimientos de larga estadía para personas mayores) es una recomendación más fuerte aún”.
Consultado sobre el Fondo Coronavirus dijo que “ese es un tema administrativo del Ministerio de Economía y Finanzas”, y que “desde el punto de vista epidemiológico, con el concepto moderno en el manejo del COVID, luego de tener casi el 85% con primera dosis, 80% con segunda dosis, 64% con tercera dosis, es el momento de dar ese cambio cualitativo pero absolutamente necesario para la normalización” de la sociedad.
Uno de los cambios concretos es que “no se va a pedir aforos en lugres cerrados” como espectáculos, cines, lugares de eventos y gimnasios.
Respecto al uso de tapabocas y por qué se sigue recomendando su uso, Salinas dijo que eso se debe a que “continúan circulando otros virus como el coronavirus, adenovirus respiratorio, el virus sincitial respiratorio, el virus influenza A y B, y el de la meningitis”, ante los cuales “usar el tapabocas es precautorio”.
“A nivel de hisopados también habrá recomendaciones específicas”, agregó, y “los protocolos de la enseñanza también tendrán sus variaciones”.
En cuanto al ingreso al país “se pedirá el test” en aquellas personas que no tengan vacunas y “sobre todo a mayores de 12 años”.
Por otra parte y en acuerdo con los demás países del Mercosur, luego de Semana Santa los reportes serán con una frecuencia semanal y no diaria como es ahora “en virtud de la disminución de la incidencia y de la cantidad de casos”.
Sensatez y responsabilidad de la población
Salinas remarcó que la población uruguaya “ha sido muy sensata y responsable”, y sin ese factor “no hubiera sido posible sobrellevar esta situación tan difícil. Con esa misma responsabilidad y con una actuación responsable” hay que pararse frente a estos cambios: “Si tengo una cantidad de años, si tengo determinadas enfermedades, me tengo que cuidar más y tengo que ser responsable por mí y por otros”, reflexionó.
“Estamos vacunados, estamos con una ocupación de camas en cuidados moderados menor al 2% en los últimos 7 días y en el entorno del 4% en cuidados intensivos, también en los últimos 7 días, así que creo que es momento” de dar estos pasos señaló e insistió en “la responsabilidad individual”.
El decreto
En la tarde del martes 5 fue publicado el decreto con la firma del presidente Lacalle y todos los ministros en el cual se deja “sin efecto el Decreto N° 93/020, de 13 de marzo de 2020”, ello “sin perjuicio del cumplimiento de las medidas adoptadas a causa de la emergencia nacional sanitaria que se encuentren vigentes y en ejecución con plazo pendiente”.
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